La decisión de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) contra Santiago Uribe Vélez se erige como un documento de verdad histórica fundamental para comprender lo ocurrido en la primera mitad de los años 90 en Antioquia. La rama judicial cumplió su labor al otorgar todas las garantías procesales en un proceso que, desde el inicio de las investigaciones, se extendió por más de tres décadas. Aunque persistan ataques y cuestionamientos a los magistrados para poner en duda su legitimidad, las sentencias están a la vista de todos los colombianos y evidencian la división de poderes funcionando conforme a la Constitución.
Un proceso rodeado de controversia política
El proceso contra Santiago Uribe, hermano del expresidente Álvaro Uribe, estuvo inevitablemente rodeado de ruido político. Cuando se reabrió el expediente en 2010, el mundo político se dividió en los bandos habituales. Los partidarios del expresidente denunciaron una persecución política, tesis que la defensa de Santiago Uribe retomó, mientras que la izquierda intentó presentar este proceso como la prueba de los vínculos de la familia Uribe Vélez con el paramilitarismo. La justicia tenía la misión de actuar como mediadora con transparencia, rigurosidad y sentido común. Lo más importante, más allá de las implicaciones políticas, era que los casos se resolvieran, cualquiera que fuera la decisión, con total protección del debido proceso y respeto a la presunción de inocencia. Hoy, con el caso concluido, consideramos que la rama judicial cumplió con su deber.
De la absolución a la condena
Absuelto en primera instancia, Santiago Uribe fue condenado en segunda instancia por el Tribunal Superior de Antioquia. Tras la declaración del mayor retirado de la Policía Nacional Juan Carlos Meneses, el Tribunal evaluó múltiples testimonios que vinculaban a Santiago Uribe. Luego de la condena, la defensa apeló, y la Sala Penal de la CSJ confirmó la responsabilidad. En la sentencia, la Sala Penal señala que es evidente “el liderazgo que el procesado ejercía sobre el grupo criminal, junto con la fuerza pública, para coordinar asesinatos selectivos”. Se refiere a “Los 12 Apóstoles”, grupo paramilitar que mantenía una “lista negra” para realizar “limpieza social”, es decir, asesinatos selectivos en Antioquia. La Jurisdicción Especial para la Paz ha indicado que este grupo podría estar relacionado con hasta 525 homicidios.
Delitos de lesa humanidad y condena ejemplar
Por todo lo anterior, la CSJ determinó que Santiago Uribe incurrió en “ultrajes especialmente lesivos de la dignidad humana que degradan de forma grave los más caros intereses del ser humano” y que formaban parte de “eventos sistemáticos y generalizados”, en el marco de un “ataque sistemático y generalizado contra la población civil del norte del departamento de Antioquia”. La sentencia impone 28 años y tres meses de prisión por concierto para delinquir agravado y homicidio agravado, delitos considerados de lesa humanidad. No cabe recurso de casación. La defensa de Santiago Uribe ha anunciado que insistirá en el proceso, aunque el mecanismo a emplear no está claro. Por su parte, la familia Uribe Vélez, en voz del expresidente Álvaro Uribe, ha calificado la decisión como un error de la justicia y ha afirmado que las evidencias fueron mal valoradas.
Garantías procesales y verdad judicial
Tienen, por supuesto, todo el derecho de expresar sus opiniones y de interponer los recursos judiciales que permitan la ley y la Constitución. Sin embargo, ante los ojos de Colombia, la rama judicial demostró un manejo riguroso del proceso, brindando todas las garantías y realizando valoraciones exhaustivas de un expediente complejo. Tanto la Fiscalía como la Procuraduría, bajo distintas direcciones, coincidieron en afirmar la culpabilidad. Cuando el sistema responde de esta manera, la verdad judicial se convierte en memoria histórica. Es una decisión que debe respetarse.



