Corte Suprema cierra caso contra Santiago Uribe: no procede recurso
Corte Suprema cierra caso Santiago Uribe: no procede recurso

La Corte Suprema de Justicia rechazó el recurso extraordinario de casación presentado por la defensa de Santiago Uribe Vélez contra la decisión del mismo tribunal que ratificó su condena a 28 años de prisión. La determinación se fundamentó en la plena validez otorgada a los testimonios sobre la conformación del grupo paramilitar ‘Los 12 Apóstoles’.

Decisión del alto tribunal

Con ponencia del magistrado Gerson Chaverra, la Corte recordó que la impugnación especial es el mecanismo creado para garantizar el derecho a la doble conformidad judicial cuando una persona es condenada por primera vez en segunda instancia. En el caso de Santiago Uribe Vélez, esa garantía ya fue ejercida y resuelta por la propia Corte al confirmar la condena que le impuso el Tribunal Superior de Antioquia.

“La sentencia cuyo cuestionamiento ahora se pretende, fue proferida en el marco de las funciones que, como tribunal de cierre, tiene asignadas la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, mismas con las cuales se logró asegurar el resguardo de la garantía fundamental de la doble conformidad a Santiago Uribe Vélez, dando así por concluida toda discusión procesal que, en el marco de esa actuación jurisdiccional, se hubiera podido presentar”, señaló el alto tribunal.

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Fin de la discusión judicial ordinaria

Con esta decisión queda definitivamente cerrada la discusión judicial ordinaria sobre la condena de Santiago Uribe Vélez dentro del caso de “Los 12 Apóstoles”, organización armada ilegal que operó en el norte de Antioquia durante la década de los noventa.

Ratificación de la condena

Según la Corte Suprema de Justicia, durante los primeros años de la década de 1990, Santiago Uribe Vélez conformó y dirigió una estructura armada ilegal que operó desde la hacienda La Carolina, en Yarumal (Antioquia). Esta organización desarrolló una política sistemática de exterminio contra personas señaladas como delincuentes comunes, consumidores de drogas o presuntos colaboradores de grupos guerrilleros. Entre los hechos atribuidos al grupo se encuentra el asesinato de Camilo Barrientos Durán, ocurrido el 25 de febrero de 1994.

La Sala Penal señaló que diferentes testigos, provenientes de contextos distintos y sin evidencias de concertación entre ellos, coincidieron en señalar la existencia del grupo armado, su funcionamiento y la participación del condenado en su dirección y financiación.

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