Edad mínima para licencia de conducir en Colombia: requisitos y normas
Edad mínima para licencia de conducir en Colombia

Para obtener la licencia de conducción por primera vez en Colombia, el Código Nacional de Tránsito establece varios requisitos que garantizan la aptitud al volante y la seguridad vial de todos los ciudadanos. Aunque no existe una edad máxima para adquirir este permiso, sí hay una edad mínima claramente definida.

Edad mínima para solicitar la licencia de conducir

En Colombia, un aspirante a conductor de vehículos o motocicletas particulares debe tener al menos 16 años cumplidos y saber leer y escribir. Esto aplica para las licencias de categorías A y B. Para los vehículos de transporte público, que requieren una licencia tipo C, se necesita ser mayor de edad (18 años) para realizar el trámite por primera vez.

Requisitos para obtener la licencia por primera vez

El proceso para sacar el permiso de conducir por primera vez incluye varios pasos obligatorios:

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  • Inscripción en el Runt: Debe realizarse la inscripción ante el sistema Registro Único Nacional de Tránsito (Runt) en el organismo de tránsito correspondiente. Este proceso no tiene costo y se registran datos básicos como tipo y número de documento de identidad, nombres, apellidos, fecha de nacimiento, grupo sanguíneo y RH, sexo, dirección, teléfono fijo y móvil, correo electrónico, firma y huella.
  • Examen de aptitud física, mental y coordinación motriz: El aspirante debe demostrar estas aptitudes mediante un examen según la categoría de licencia deseada. La certificación debe ser expedida por un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC) habilitado y autorizado por el Ministerio de Transporte.
  • Certificado de aptitud en conducción: Un Centro de Enseñanza Automovilística autorizado debe emitir este certificado, para lo cual es requisito presentar y aprobar un examen teórico y práctico.
  • Pago del trámite: Debe cancelarse el costo correspondiente. Para cambiar la licencia al alcanzar la mayoría de edad, se debe hacer una nueva solicitud, estar a paz y salvo por multas e infracciones y pagar nuevamente los derechos del trámite.

Licencia para adultos mayores

La legislación colombiana no fija una edad máxima para conducir, pero condiciona la renovación a controles médicos que certifiquen las capacidades físicas, mentales y motrices necesarias. La autorización para seguir conduciendo depende de que el solicitante demuestre que conserva las condiciones requeridas para manejar de forma segura. Esta verificación se realiza mediante evaluaciones en centros autorizados y queda registrada en las plataformas oficiales.

Periodicidad de renovación según la edad

Para conductores particulares con licencias A y B, el documento debe renovarse cada diez años si el titular tiene menos de 60 años. Al cumplir 60 años, la vigencia cambia y la renovación debe hacerse cada cinco años. Para personas mayores de 80 años, la licencia debe renovarse cada año, con la presentación de los exámenes médicos correspondientes.

En el servicio público, las reglas son más estrictas: quienes tienen licencia categoría C deben renovarla cada tres años antes de los 60 años y, después de esa edad, anualmente.

El certificado médico expedido por un CRC tiene una vigencia máxima de seis meses desde su emisión. Si el conductor no completa la renovación dentro de ese periodo ante el organismo de tránsito, deberá realizar nuevamente las evaluaciones médicas para obtener una certificación válida.

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