Los conductores mayores de 65 años en Colombia deben tener en cuenta nuevos requisitos durante 2026 para renovar su licencia de conducción, según las disposiciones vigentes del Ministerio de Transporte. La legislación no fija una edad máxima para manejar, pero sí condiciona la renovación del documento a la aprobación de controles médicos que certifiquen las capacidades físicas, mentales y motrices necesarias para conducir.
No hay edad máxima para conducir en Colombia
En Colombia, una persona mayor de 65 años puede continuar conduciendo o solicitar la renovación de su licencia, siempre que cumpla con los requisitos establecidos. La normativa vigente no contempla una edad límite a partir de la cual se pierda automáticamente el derecho a manejar. El criterio que define la renovación es la capacidad del conductor para acreditar condiciones que no atenten contra la seguridad vial. Por eso, los adultos mayores deberán someterse a revisiones periódicas antes de recibir la autorización para seguir conduciendo en las vías del país.
El soporte normativo de estos controles se encuentra en la Resolución 217 de 2014 del Ministerio de Transporte. Esta norma establece las condiciones técnicas bajo las cuales deben practicarse los exámenes médicos requeridos para conductores. Bajo ese marco, la renovación de la licencia deja de ser automática y queda sujeta al cumplimiento de estándares definidos por la autoridad competente.
Exámenes médicos y registro en el RUNT
Uno de los pasos centrales del proceso será la valoración en un Centro de Reconocimiento de Conductores, conocido como CRC. Estos centros autorizados son los encargados de practicar las pruebas necesarias para determinar si el solicitante conserva las condiciones requeridas para manejar. El resultado de esa evaluación será clave para continuar con el trámite de renovación de la licencia.
Las pruebas médicas revisan factores directamente relacionados con la conducción. Entre los aspectos evaluados están la visión, la audición, la coordinación motriz, las condiciones físicas generales y el estado mental del conductor. En algunos casos, también se podrá verificar el uso correcto de apoyos como gafas, lentes correctivos o dispositivos auditivos, cuando estos sean necesarios para conducir.
Después de la valoración, el certificado médico deberá quedar cargado en el Registro Único Nacional de Tránsito, RUNT. Este registro es indispensable para que el organismo de tránsito pueda continuar con la expedición de la licencia renovada. Si el certificado no aparece correctamente en la plataforma oficial, el procedimiento administrativo no podrá avanzar hasta que la información esté registrada.
Vigencia, documentos y costos de la renovación en 2026
La periodicidad de la renovación varía según la edad y la categoría de la licencia. Para conductores particulares con licencias de categorías A y B, el documento debe renovarse cada diez años cuando el titular tiene menos de 60 años. Al llegar a los 60 años, la vigencia cambia y la renovación debe hacerse cada cinco años. Para las personas mayores de 80 años, la exigencia aumenta. En esos casos, la licencia debe renovarse cada año, con la presentación de los exámenes médicos correspondientes.
En el servicio público, las reglas son más estrictas: quienes tienen licencia de categoría C deben renovarla cada tres años antes de los 60 años y, después de esa edad, anualmente.
El certificado médico expedido por un CRC tiene una vigencia máxima de seis meses desde la fecha de emisión. Si el conductor no completa el trámite de renovación dentro de ese periodo ante el organismo de tránsito correspondiente, deberá realizar nuevamente las evaluaciones médicas para obtener una certificación válida y poder continuar con el proceso.
Además del examen médico, los solicitantes deberán cumplir requisitos administrativos. Entre ellos están estar inscritos en el RUNT, presentar el documento de identidad y no tener multas o comparendos pendientes. También deberán pagar los derechos del trámite fijados por la autoridad de tránsito. Para 2026, en Bogotá se informaron tarifas de referencia cercanas a $128.700 para automóvil y $222.100 para motocicleta.



