La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) aprobó un nuevo esquema tarifario para la prestación del servicio de Gas Licuado de Petróleo (GLP) por redes de tubería en 18 veredas del municipio de Ortega, en el departamento del Tolima. Esta decisión permite avanzar en la implementación de un proyecto de expansión energética para zonas rurales que hasta ahora no contaban con esta infraestructura.
Detalles de la resolución
La medida quedó establecida mediante la Resolución CREG 502 206 de 2026, con la cual se autorizan tanto el cargo de distribución como el componente fijo del costo de comercialización para el mercado relevante especial conformado por las veredas La Calera, Guaipa, Balsillas, Guayabos Pueblo Nuevo, La Sortija, La Sierrita, Arroyuelo, Los Colorados, El Vergel, El Pueblo Nuevo, Puente Cucuana, Mesa de Cucuana, Mesa de Ortega, Playa Verde, Paloma, Mangales, Guayaquil y Los Olivos. La solicitud fue presentada por la empresa ENERGY GAS S.A.S. E.S.P. y evaluada por el regulador dentro del marco normativo vigente.
Un proyecto para ampliar la cobertura rural
La decisión de la CREG se produjo después de varios meses de análisis técnico y administrativo. La empresa radicó la solicitud tarifaria en junio de 2025 con el propósito de obtener la aprobación de los cargos que permitirán financiar la construcción y operación del sistema de distribución de GLP por redes en esta zona del Tolima.
De acuerdo con el expediente revisado por la entidad, el mercado especial aprobado corresponde a un conjunto de centros poblados rurales donde se proyecta la prestación del servicio mediante una red que conectará a los usuarios con infraestructura diseñada específicamente para el transporte y distribución de GLP. La propuesta incluyó estudios de demanda, estimaciones de crecimiento de usuarios, proyecciones de operación y mantenimiento, así como el programa de inversiones requerido para la construcción del sistema.
Durante la evaluación, la Comisión verificó que la documentación presentada cumplía con las exigencias regulatorias aplicables a este tipo de proyectos. Entre otros aspectos, se revisaron las proyecciones de consumo, los costos operativos y las inversiones previstas para garantizar la viabilidad del servicio en el horizonte tarifario considerado.
La resolución señala además que la empresa acreditó que al menos el 80 % de los usuarios potenciales manifestaron interés en acceder al servicio de GLP por redes, un requisito contemplado en la regulación para este tipo de mercados especiales. Este respaldo fue sustentado mediante la entrega de listados de firmas de los potenciales beneficiarios.
Otro elemento que tuvo peso dentro del proceso fue la participación de recursos públicos destinados a la construcción de las redes de distribución. Según la información presentada ante la CREG, el proyecto cuenta con aportes por más de 5.088 millones de pesos provenientes de la Gobernación del Tolima, recursos que serán destinados a financiar parte de la infraestructura necesaria para llevar el servicio a las comunidades rurales involucradas.
Inversiones, demanda y revisión técnica
La actuación administrativa incluyó varias etapas de revisión. Tras la apertura formal del proceso, la solicitud fue publicada para permitir la participación de terceros interesados. Posteriormente, la Comisión solicitó información complementaria relacionada con los estudios de demanda y el dimensionamiento del sistema.
Dentro de ese procedimiento intervino la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME), entidad que emitió el concepto técnico sobre las proyecciones de demanda y la viabilidad de las estimaciones presentadas. La documentación fue incorporada al expediente antes de la decisión final.
Como resultado de las verificaciones realizadas, la CREG efectuó ajustes sobre algunos de los parámetros utilizados para calcular los cargos tarifarios. Esas modificaciones permitieron determinar los valores definitivos de distribución y comercialización que serán aplicados en el mercado relevante especial aprobado.
La resolución establece que la inversión base para el sistema de distribución asciende a $7.183 millones expresados a precios de diciembre de 2024. Ese monto corresponde al programa de nuevas inversiones contemplado para la construcción de la infraestructura requerida en las veredas beneficiadas.
La estructura de costos también incorpora los gastos de administración, operación y mantenimiento necesarios para garantizar el funcionamiento de la red durante el período tarifario. Tras aplicar los criterios regulatorios de eficiencia previstos en la metodología vigente, la Comisión definió los valores reconocidos para esta componente dentro del cálculo tarifario.
Las proyecciones incluidas en la resolución muestran además el crecimiento esperado en el número de conexiones durante los próximos años. De acuerdo con los cálculos oficiales, el mercado comenzará con más de 1.400 conexiones y registrará una expansión gradual conforme avance la incorporación de usuarios al servicio.
Los cargos aprobados y su vigencia
La decisión de la CREG establece un cargo de distribución total de 13.243 pesos por metro cúbico para los usuarios residenciales y para los usuarios diferentes a los residenciales dentro del mercado aprobado.
Ese valor se encuentra compuesto por tres elementos. El primero corresponde a la recuperación de las inversiones financiadas con recursos públicos, calculado en $8.181,84 por metro cúbico. El segundo reconoce las inversiones privadas realizadas para la construcción y operación del sistema, con un valor de $3.408,20 por metro cúbico. Finalmente, se incorpora la componente asociada a los gastos de administración, operación y mantenimiento, fijada en $1.652,96 por metro cúbico.
En materia de comercialización, la Comisión aprobó un componente fijo de 4.374,12 pesos por factura, valor destinado a recuperar los costos de inversión y operación asociados a la actividad comercial del servicio de GLP por redes. La resolución establece que este cargo podrá ser aplicado por las empresas comercializadoras que decidan prestar el servicio en el mercado relevante aprobado.
Los cargos definidos tendrán una vigencia de cinco años contados a partir de la fecha en que quede en firme la resolución. Una vez concluido ese período, continuarán aplicándose hasta que la Comisión apruebe un nuevo esquema tarifario, de acuerdo con las disposiciones legales que regulan los servicios públicos domiciliarios.
La resolución también establece condiciones específicas para garantizar la ejecución del proyecto. Si transcurre un año desde la aprobación de los cargos y la empresa no ha iniciado la prestación del servicio o no ha ejecutado al menos el 50 % de las inversiones previstas para el primer año, la autorización perderá vigencia y otro distribuidor podrá presentar una nueva solicitud para atender ese mercado.
Adicionalmente, la compañía deberá remitir a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y a la CREG un cronograma detallado de construcción, ejecución de inversiones y entrada en operación del sistema. Asimismo, tendrá que presentar informes semestrales sobre el avance de las obras y el nivel de cumplimiento de las inversiones comprometidas.



