Polémica por fallo que prohíbe a Abelardo de la Espriella usar camiseta de Selección Colombia
Fallo prohíbe a Abelardo de la Espriella usar camiseta de Selección Colombia

Un intenso debate jurídico ha desatado el fallo que prohíbe al candidato presidencial Abelardo de la Espriella usar la camiseta de la Selección Colombia en su campaña política. La decisión, emitida el pasado 4 de junio por la jueza Aura Luz Forero, del Juzgado 120 Penal Municipal con Función de Conocimiento de Bogotá, se produjo a menos de tres semanas de la segunda vuelta electoral. El Espectador consultó a dos juristas para analizar la medida.

Origen de la prohibición

La orden judicial surgió tras estudiar una tutela presentada por Wilman Ramiro Bocanegra Calderón, quien argumentó sentirse discriminado y estigmatizado por el uso de la camiseta de la Selección Colombia en la campaña de De la Espriella y su partido, Defensores de la Patria. Según el demandante, el símbolo deportivo nacional estaba siendo utilizado para asociar la identidad colombiana con una candidatura específica y para descalificar a quienes tienen posiciones políticas distintas.

Críticas de los juristas

El abogado penalista Jesús Albeiro Yepes Puerta calificó la medida como absurda e inconstitucional. "Me parece que es abusar de una institución que es tan cara para los dolores de un país, como lo es la acción de tutela. Esta fue creada para garantizar los derechos fundamentales del ciudadano", afirmó. Yepes Puerta sostuvo que la prohibición "es irracional, claramente inconstitucional. Eso tiene visos de tropicalismo y de ridiculez, en mi opinión". Además, aseguró que la decisión "desconoce el derecho a la libre expresión y a la manifestación de los ciudadanos. Usar la camiseta de la Selección es una decisión que pertenece a cada persona y que yo entiendo como una manifestación de un sentimiento de alegría".

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El debate cobró fuerza cuando el presidente Gustavo Petro apareció en un evento público con la camiseta de la Selección Colombia, en la despedida del equipo al Mundial. Frente a ello, Yepes Puerta señaló: "Esto es un asunto de principios. No se le puede prohibir a una persona o a un candidato usar una camiseta y, si ese es el principio, debe aplicarse para todos".

Por su parte, el conjuez de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, Alejandro Felipe Sánchez Cerón, consideró que la decisión es desproporcionada. "Realmente no es una medida que proteja garantías fundamentales. Es una medida que manda el mensaje de que, en una sociedad, un juez puede aconductar a ciudadanos simplemente porque, por criterios personales, le parece que utilizan símbolos deportivos, sociales y culturales con un ánimo político", afirmó.

Asimismo, el conjuez señaló que una sociedad democrática "no puede meterse en la forma en que los ciudadanos o ciudadanas ejercen su simbolismo político". Sánchez Cerón indicó que espera que la decisión se revierta: "Ojalá la misma juez que prohíbe la decisión puede revocarla, incluso antes de que falle la tutela, porque realmente genera un precedente que no es bastante positivo e incluso que atenta contra la misma institución".

Sánchez Cerón mencionó que, para él, la decisión "realmente termina atacando el ejercicio de las libertades y de los derechos fundamentales. Creo que no hay ningún análisis, ninguna ponderación para tomar una medida tan extrema".

En su cuenta de la red social X, el conjuez señaló: "La decisión parece asumir que permitir el uso de un símbolo deportivo en un contexto político compromete su neutralidad. Pero las democracias abiertas se caracterizan precisamente porque los ciudadanos pueden apropiarse de símbolos, resignificarlos y utilizarlos dentro del debate público". Concluyó: "Ojalá con los canales institucionales esta decisión sea revisada. La protección de los derechos fundamentales es indispensable, pero también lo es evitar que, bajo esa misma bandera, se reduzcan los espacios de expresión, simbolismo y participación que caracterizan a una democracia pluralista".

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Argumentos de la jueza

En su decisión, la jueza Luz Forero sostuvo que la camiseta de la Selección Colombia fue concebida para escenarios deportivos y que su utilización como elemento distintivo de una campaña electoral altera el propósito para el cual fue creada. Según el despacho, el uso reiterado de ese símbolo en actos proselitistas genera una identificación de la selección con una candidatura específica y compromete la neutralidad que debería rodear a los símbolos que representan a todos los colombianos.

Además, en la decisión se señala que el uso de la camiseta por parte del candidato se ha convertido en un hecho notorio por su presencia en redes sociales, piezas publicitarias y eventos públicos de campaña. Para la jueza, esta práctica podría generar un desequilibrio frente a otros candidatos y sus electores, al apropiarse de un símbolo nacional que no pertenece a ninguna corriente política en particular.