Comisión de Acusación deberá resolver incidente de desacato contra el presidente Petro por comentarios sobre fraude electoral
Así lo determinó el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que declaró su falta de competencia para sancionar al mandatario.
El pasado 10 de abril, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca había ordenado al presidente Gustavo Petro abstenerse de realizar afirmaciones sin sustento probatorio sobre un supuesto "fraude electoral" en los comicios del primer semestre de 2026. Sin embargo, dos meses después, el jefe de Estado ignoró la instrucción judicial. El domingo 31 de mayo, tras la primera vuelta presidencial, Petro volvió a denunciar un fraude electoral y aseguró que no reconocería los resultados oficiales.
Ante esta situación, el abogado Ramiro Bejarano, quien había presentado la acción inicial, solicitó al despacho del magistrado Luis Manuel Lasso Lozano que declarara el desacato y aplicara las medidas correspondientes. No obstante, el Tribunal determinó que carece de competencia para resolver este tipo de incidentes contra el presidente de la República, por lo que remitió el caso a la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes, entidad encargada de investigar y sancionar a altos funcionarios del Estado.
La decisión del Tribunal se conoce en medio de un clima político tenso, donde las acusaciones de fraude han sido recurrentes. El presidente Petro, por su parte, ha insistido en que existen irregularidades en el proceso electoral, aunque hasta el momento no ha presentado pruebas contundentes que respalden sus afirmaciones.
La Comisión de Acusación deberá ahora evaluar si existió desacato por parte del mandatario y, en caso afirmativo, determinar las sanciones correspondientes, que podrían ir desde una amonestación hasta la apertura de un proceso de destitución. Este caso añade un nuevo capítulo a la controversia electoral y pone a prueba los mecanismos de control constitucional en Colombia.



