Consejo de Estado levanta suspensión del Decreto 572 de 2025
Levantan suspensión del Decreto 572 de 2025

El Consejo de Estado decidió levantar la suspensión provisional del Decreto 572 de 2025, una norma emitida por el Gobierno nacional que modifica las tarifas de autorretención y las bases mínimas para aplicar la retención en la fuente. Estos mecanismos son utilizados por empresas y contribuyentes para anticipar el pago de impuestos.

Antecedentes del decreto

El decreto entró en vigor el 1 de junio de 2025 y fue demandado por diversos ciudadanos y gremios, quienes argumentaron que violaba los principios de legalidad, equidad, progresividad y capacidad contributiva. En una decisión anterior, el mismo tribunal había suspendido temporalmente la norma al considerar que el Gobierno no había presentado suficientes estudios técnicos para justificar los cambios y demostrar que reflejaban la situación económica de los contribuyentes.

Recurso del Ministerio de Hacienda

El Ministerio de Hacienda interpuso un recurso solicitando la revisión de esa suspensión. Al analizar la solicitud, el Consejo de Estado concluyó que, en esta etapa inicial del proceso, no le correspondía evaluar si la medida estaba suficientemente sustentada desde el punto de vista económico o técnico.

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Fundamento legal

El alto tribunal señaló que el examen debía centrarse en determinar si el Gobierno tenía la facultad legal para expedir el decreto. En ese sentido, recordó que el artículo 365 del Estatuto Tributario autoriza al Ejecutivo a fijar las condiciones y montos relacionados con la retención en la fuente. Por esta razón, el tribunal concluyó que, por ahora, no existe una contradicción evidente entre el decreto y la norma que le sirve de fundamento legal.

Decisión final

En consecuencia, el Consejo de Estado revocó la suspensión provisional y permitió que la norma continúe vigente mientras avanza el proceso judicial que definirá de manera definitiva su legalidad. Es importante aclarar que el alto tribunal no definió si el decreto es legal o no, sino que consideró prematuro dejarlo sin efectos antes de estudiar todas las pruebas.

Implicaciones para las empresas

Las empresas deben retomar los procedimientos establecidos por el Decreto 572 de 2025 y revisar nuevamente sus cálculos tributarios, especialmente en sectores donde los anticipos del impuesto aumentaron de forma significativa. Se recomienda estar atentos a las actualizaciones del proceso judicial que determinará la legalidad definitiva de la norma.

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