Ley seca en Bogotá: ¿afectará el partido Colombia vs Costa Rica?
Ley seca en Bogotá: ¿afectará el partido Colombia vs Costa Rica?

La coincidencia entre la primera vuelta de las elecciones presidenciales y el partido amistoso de la Selección Colombia frente a Costa Rica ha generado dudas entre comerciantes, aficionados y ciudadanos sobre el alcance de la ley seca que regirá en el país durante el fin de semana electoral.

Las inquietudes se concentran especialmente en Bogotá, donde el encuentro deportivo se disputará el lunes 1 de junio en el estadio El Campín, pocas horas después de la finalización de las restricciones establecidas para la venta y el consumo de bebidas alcohólicas. Ante las consultas, las autoridades nacionales y distritales ya definieron los horarios oficiales que regirán durante la jornada.

Horarios definidos para la ley seca en todo el país

El Ministerio del Interior expidió el Decreto 0188 de 2026, mediante el cual estableció las medidas de orden público para garantizar el desarrollo de la primera vuelta presidencial programada para el domingo 31 de mayo. Entre las disposiciones figura la aplicación de la ley seca en todo el territorio nacional como mecanismo para preservar la seguridad durante el proceso electoral.

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La normativa nacional establece que la restricción comenzará a las 6:00 de la tarde del sábado 30 de mayo y se extenderá hasta las 12:00 del mediodía del lunes 1 de junio. Durante ese periodo estará prohibida la comercialización y el consumo de bebidas embriagantes en los lugares contemplados por la regulación.

El Gobierno precisó en el artículo 13 del decreto que la medida tendrá vigencia en todo el país y será supervisada por las autoridades encargadas de garantizar el orden público durante la jornada democrática.

Bogotá aplica un esquema diferente

Sin embargo, Bogotá aplicará un esquema diferente. La Alcaldía Mayor expidió el Decreto 191 de 2026, mediante el cual anticipó el inicio de la restricción en la capital. Según la administración distrital, la decisión busca “garantizar la convivencia y el buen desarrollo de la jornada electoral”.

De acuerdo con esa disposición, la ley seca en Bogotá comenzó a las 6:00 de la tarde del viernes 29 de mayo, es decir, un día antes de la entrada en vigor de la medida nacional. No obstante, el horario de finalización coincide con el definido por el Gobierno Nacional: las 12:00 del mediodía del lunes 1 de junio.

La restricción cobija establecimientos abiertos al público como bares, discotecas, restaurantes, tiendas de barrio y licoreras, además de los espacios donde esté prohibido el consumo de bebidas alcohólicas durante el periodo establecido.

El partido de Colombia se jugará después del fin de la restricción

La proximidad entre las elecciones y el compromiso de la Selección Colombia fue uno de los factores que alimentó la incertidumbre entre los ciudadanos. Muchos se preguntaban si la ley seca permanecería vigente durante el encuentro deportivo o si tendría algún impacto sobre la actividad comercial previa al partido.

Las disposiciones oficiales despejan esa duda. Tanto en Bogotá como en el resto del país, la medida finalizará al mediodía del lunes 1 de junio, seis horas antes del inicio del amistoso internacional programado para las 6:00 de la tarde.

Esto significa que la prohibición relacionada con la venta y el consumo de bebidas alcohólicas no estará vigente cuando se dispute el compromiso entre Colombia y Costa Rica en la capital del país.

El encuentro se desarrollará en el estadio Nemesio Camacho El Campín y forma parte de la preparación de la selección nacional antes de su participación en la Copa Mundial de la FIFA 2026.

La cita deportiva también representa una de las últimas oportunidades para que los aficionados en Bogotá acompañen al equipo antes de su desplazamiento al exterior para continuar con el calendario preparatorio previo al torneo internacional.

Las sanciones previstas para quienes incumplan la medida

El Decreto 0188 también contempla consecuencias para quienes desacaten las restricciones establecidas durante la jornada electoral. Las sanciones están sustentadas en las disposiciones del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana, contenido en la Ley 1801 de 2016.

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Según lo establecido por las autoridades, las personas naturales o jurídicas que comercialicen bebidas embriagantes en contravía de la prohibición podrán ser objeto de sanciones económicas.

La desobediencia de la orden general relacionada con la ley seca dará lugar a una multa tipo 4, equivalente a 16 Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes (SMDLV), de acuerdo con las disposiciones contempladas en la normativa vigente.

De igual forma, quienes consuman bebidas alcohólicas en la vía pública durante el periodo de restricción podrán recibir una multa tipo 2, correspondiente a 4 Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes (SMDLV).

Las autoridades reiteraron que la medida busca reducir situaciones que puedan alterar el orden público durante el desarrollo de las elecciones y facilitar las labores de vigilancia y control en los diferentes municipios del país.