El Juzgado 129 Penal Municipal con Función de Conocimiento de Bogotá ordenó al candidato presidencial Abelardo de la Espriella ofrecer disculpas públicas por los comentarios que realizó durante una entrevista en el programa radial Piso 8, los cuales fueron considerados como una vulneración a los derechos fundamentales de las mujeres y una reproducción de estereotipos de género.
Contexto de la controversia
Los hechos ocurrieron cuando De la Espriella, en tono humorístico, hizo comentarios sobre su apariencia física y pidió a la periodista Laura Rodríguez que acercara una fotografía de su teléfono móvil. La acción de tutela fue presentada por Tatiana Echavarría Arango, quien cuestionó las expresiones del candidato durante la conversación con la comunicadora.
Decisión judicial
Según el fallo, el despacho judicial concluyó que las expresiones del candidato vincularon la intención de voto de las mujeres con la atracción física hacia un aspirante presidencial, basándose en una fotografía difundida por él mismo en redes sociales. La jueza señaló que el problema constitucional no radica en el tono humorístico o informal de la entrevista, sino en el mensaje que proyectó sobre la capacidad de decisión política de las mujeres.
“A juicio del Despacho, el problema constitucional no radica en la utilización de un lenguaje coloquial, humorístico o informal. Tampoco en el hecho de que la entrevista se hubiera desarrollado dentro de un formato de entretenimiento político. Lo constitucionalmente relevante es que el mensaje transmitido proyecta la idea según la cual las mujeres adoptarían decisiones políticas motivadas por la atracción física hacia un candidato y no a partir de consideraciones racionales, programáticas o ideológicas propias de una ciudadanía autónoma”, indica la providencia.
Reproducción de estereotipos
La decisión sostiene que las afirmaciones transmitieron la idea de que las mujeres tomarían decisiones electorales motivadas por la apariencia física de un candidato y no por criterios programáticos, ideológicos o racionales. A juicio del juzgado, esa representación reproduce estereotipos históricamente utilizados para deslegitimar la participación política femenina.
Durante el trámite intervinieron la organización El Veinte y la Secretaría Distrital de la Mujer, entidades que coincidieron en señalar que las expresiones contribuían a la cosificación de las mujeres y minimizaban su autonomía política.
Violencia política de género
La jueza destacó que la violencia política basada en género no requiere necesariamente insultos o agresiones directas para configurarse. Según el fallo, basta con que un discurso reproduzca patrones de exclusión, cosificación o subordinación respecto de las mujeres como sujetos políticos.
En la decisión también se enfatiza que De la Espriella, por su condición de candidato presidencial y figura pública con millones de seguidores, tiene deberes reforzados de diligencia y responsabilidad en el ejercicio de la libertad de expresión.
“El ser gracioso, carismático, jocoso o extrovertido difiere enormemente del uso de la sátira o de bromas para reproducir estereotipos de género”, señaló la jueza al referirse a las manifestaciones realizadas durante la entrevista.
Incidente con la fotografía
El despacho consideró especialmente grave que durante la entrevista el candidato buscara una fotografía en su teléfono celular y se la mostrara a la periodista Laura Rodríguez, solicitándole que hiciera acercamientos a la imagen. Según la providencia, la comunicadora se observó incómoda y presionada a interactuar con un contenido que el fallo describe como “morboso”, situación que afectó sus derechos y constituyó un episodio que no debió ocurrir.
La decisión además cuestionó la reacción de los demás hombres presentes en el estudio, incluido el director y productor del programa, quienes guardaron silencio frente a la situación e incluso facilitaron que la periodista observara con mayor detalle la imagen.
Reacción del candidato
Desde la campaña del candidato presidencial remitieron la publicación que hizo el abogado en su cuenta de X el pasado 13 de mayo, en la que expresó: “Entiendo que, aunque no haya existido intención de mi parte de ofender y mucho menos de irrespetar, si una mujer se siente incómoda, un caballero tiene la obligación moral de ofrecer disculpas. (…) Mis sinceras disculpas, Laura. Lo lamento”.
El fallo judicial exige que estas disculpas se realicen de manera pública y formal, en cumplimiento de la orden emitida por el juzgado.



