La directora de la Misión de Observación Electoral (MOE), Alejandra Barrios, se pronunció sobre el acto del presidente Gustavo Petro, quien esta mañana mostró su voto por Iván Cepeda ante las cámaras. Según Barrios, no hay una prohibición expresa de mostrar el voto, pero sí existen restricciones respecto al uso de cámaras en los puestos de votación.
Declaraciones de la directora de la MOE
“Aquí no tenemos una prohibición expresa de no mostrar el voto, pero tenemos prohibición de tener cámaras en los puestos de votación, que le tomen foto a los votos con cámaras de celulares, de transmisión. La excepción se hace en la apertura de la jornada electoral. Lo que se espera de los ciudadanos, y más de los altos funcionarios, es que hagan valer el voto secreto y una garantía del voto libre es el secretismo”, indicó Barrios.
Asimismo, la funcionaria de la MOE afirmó que el ejemplo del voto libre debe ser dado por los altos funcionarios del Estado. “El ejemplo de los más altos funcionarios del Estado, de los funcionarios locales y departamentales, es poder mantener un voto libre y eso es a través del secretismo mismo”, sostuvo.
Barrios agregó que será el procurador general quien determine si la acción del presidente Petro constituye una infracción. “Es el procurador quien tendrá que hacer seguimiento de lo que hacen los funcionarios públicos y señalar si dicho acto incumple el marco de la ley o si está dentro de las restricciones”, finalizó.
Postura de la Procuraduría
El procurador general, Gregorio Eljach, se refirió al carácter secreto del voto, señalando que protege al elector de presiones externas, pero aclaró que cada ciudadano es libre de revelar su elección si así lo desea. “Cada quien es dueño de su secreto. Si yo quiero revelar mi secreto, estoy en libertad de hacerlo”, indicó Eljach.
El jefe del Ministerio Público también informó que hay 10.461 funcionarios desplegados para controlar el buen funcionamiento de las elecciones, para las que fueron convocados más de 41 millones de ciudadanos.
Delito de constreñimiento al sufragante
Según el Consejo Nacional Electoral, el delito tipificado como “constreñimiento al sufragante” se da únicamente cuando se “amenace o presione por cualquier medio a un ciudadano con el fin de obtener apoyo o votación por determinado candidato”. Esta situación ha ocurrido en elecciones anteriores por parte de grupos armados ilegales.
Contexto de la polémica
La controversia surge días después de que la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes abriera una investigación de oficio contra Petro por presunta participación en política, debido a sus declaraciones y publicaciones relacionadas con la campaña presidencial.



