Auxilio de transporte: casos en que no se debe pagar según la Corte Suprema
Auxilio de transporte: casos en que no se debe pagar, según Corte

La Corte Suprema de Justicia define cuándo no se debe pagar el auxilio de transporte

Un reciente fallo de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, contenido en la sentencia STL6325 del 22 de abril de 2026, ha recordado las situaciones en las que el empleador no está obligado a reconocer el auxilio de transporte. La decisión surgió a raíz de una disputa entre un trabajador y una empresa, y sirvió para reiterar las excepciones ya establecidas por la jurisprudencia.

El caso que originó la sentencia

La controversia se presentó cuando un trabajador reclamó el auxilio de transporte argumentando que utilizaba sus propios medios de movilización y realizaba aportes económicos para desplazarse junto a otros compañeros. Sin embargo, la empresa demostró que ofrecía transporte gratuito para sus empleados, tanto en recorridos intermunicipales como dentro de la plantación donde se desarrollaban las labores.

La Corte encontró que el servicio de transporte estaba disponible, pero algunos trabajadores optaban por no usarlo y preferían movilizarse por cuenta propia, principalmente en motocicleta. El alto tribunal determinó que, al existir un servicio gratuito, adecuado y completo entre la residencia y el lugar de trabajo, el auxilio de transporte deja de ser exigible, incluso si el empleado decide voluntariamente no utilizar ese servicio.

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Las dos excepciones confirmadas

El fallo reiteró dos escenarios en los que no debe pagarse el auxilio de transporte:

  • Cuando el trabajador vive en el mismo lugar donde presta sus servicios: En este caso no existe un gasto de desplazamiento que justifique el beneficio.
  • Cuando el empleador suministra un servicio de transporte gratuito, adecuado y completo que cubra el recorrido entre la vivienda del trabajador y su sitio de trabajo: La empresa asume directamente el costo del transporte, por lo que desaparece la obligación de reconocer el auxilio económico.

La Corte señaló que estas excepciones comparten un elemento común: la ausencia de un gasto que deba ser compensado. Según la Sala Laboral, esa es la esencia del auxilio de transporte y la razón por la que existe dentro de la legislación laboral.

Finalidad compensatoria del auxilio

La Sala de Casación Laboral recordó que el auxilio de transporte tiene un propósito compensatorio: ayudar al trabajador a cubrir el costo de trasladarse para cumplir con sus labores. Por lo tanto, cuando ese gasto desaparece porque la empresa lo asume directamente mediante un servicio efectivo de transporte, también desaparece la obligación de reconocer el beneficio económico.

La decisión se convierte en una guía práctica tanto para empleadores como para trabajadores, aclarando que el auxilio de transporte no depende únicamente de la existencia de un contrato de trabajo, sino de si realmente existe un costo de desplazamiento que deba ser cubierto.

Recomendaciones para empleadores y trabajadores

Los empleadores deben asegurarse de documentar adecuadamente la provisión del servicio de transporte gratuito, especificando rutas, horarios y condiciones. Por su parte, los trabajadores deben conocer que si la empresa ofrece un medio de transporte adecuado, no podrán reclamar el auxilio si deciden no usarlo.

El fallo de la Corte Suprema de Justicia brinda claridad sobre un tema que suele generar interpretaciones distintas en las relaciones laborales, y refuerza la idea de que el auxilio de transporte está ligado a un gasto real de desplazamiento.

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