Corte Constitucional se inhibe sobre demanda contra Ley de Encuestas
Corte Constitucional se inhibe sobre Ley de Encuestas

La Corte Constitucional decidió inhibirse de emitir un fallo de fondo sobre la demanda que buscaba tumbar la Ley 2494 de 2025, que regula las encuestas en Colombia. Con una votación de 6 a 3, el alto tribunal optó por no pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma, dejando pendiente el debate de fondo para otra demanda.

Contexto de la Ley de Encuestas

La Ley 2494 de 2025, sancionada el año pasado, establece las reglas para la elaboración, publicación y divulgación de encuestas en el país. La demanda presentada por Juan Manuel López argumentaba que la ley debió tramitarse como estatutaria, al afectar derechos fundamentales como la libertad de expresión, la libertad de información y la participación política. Según el demandante, la norma impone restricciones que podrían limitar la pluralidad informativa y concentrar el control en pocos actores, al prohibir los sondeos no probabilísticos y exigir condiciones técnicas estrictas para la publicación de encuestas electorales. Además, advirtió que varias disposiciones asignan nuevas funciones al Consejo Nacional Electoral (CNE), lo que modificaría su diseño institucional.

Decisión de la Corte

Sin embargo, la Corte Constitucional decidió inhibirse de emitir un fallo de fondo sobre esta demanda en particular. Esto significa que no se pronunció sobre la constitucionalidad de la ley en su conjunto. No obstante, el tribunal sí debatirá la ponencia de la magistrada Paola Meneses, que se refiere a una demanda que pide tumbar dos artículos específicos de la Ley de Encuestas. Estos artículos serán analizados en detalle en las próximas sesiones.

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Posición de la Procuraduría

En enero de este año, la Procuraduría General de la Nación envió un concepto a la Corte en el que respalda la ley, asegurando que regular las encuestas no significa censura. Este concepto fue tenido en cuenta por los magistrados al momento de deliberar.

La decisión de inhibirse no implica que la ley esté exenta de futuros cuestionamientos. La Corte continuará evaluando otras demandas que puedan presentarse, así como la ponencia de la magistrada Meneses sobre los artículos impugnados.

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