Desde hace un mes rige en Colombia la Alerta Colombia, conocida como Ley Sara Sofía, un mecanismo diseñado para agilizar la búsqueda, localización y recuperación inmediata de niños, niñas y adolescentes extraviados en el territorio nacional. La ley permite que, al reportarse la desaparición de un menor, la información se difunda de inmediato a través de celulares y otros canales masivos, involucrando a la ciudadanía desde las primeras horas.
¿Quiénes pueden activar la alerta y en cuánto tiempo?
La alerta puede ser solicitada por padres, madres, cuidadores, familiares del menor o el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF). La solicitud puede hacerse a través de una plataforma virtual habilitada por el ICBF o de manera presencial ante defensorías de familia, comisarías de familia, inspecciones de Policía o la Policía Nacional. Una vez entregada la información necesaria y autorizado el tratamiento de datos personales y biométricos, la alerta debe activarse en un plazo máximo de una hora. La difusión es obligatoria y gratuita.
Difusión masiva por celulares y medios de comunicación
La normativa ordena a los operadores de redes y servicios de telecomunicaciones móviles divulgar sin costo la alerta en los dispositivos ubicados en la zona donde se reportó la desaparición. El mensaje debe incluir fotografía, descripción física, ubicación y datos de contacto. La difusión se repite varias veces al día y puede extenderse a otras regiones si hay indicios de que el menor fue trasladado.
La estrategia de búsqueda también contempla la participación de radio, televisión, medios digitales, plataformas tecnológicas, terminales de transporte, aeropuertos y autoridades fronterizas. El tratamiento de la información personal debe ajustarse a las disposiciones vigentes sobre protección de datos. Una vez localizado el menor, los operadores deben eliminar de inmediato los registros almacenados y emitir una notificación de éxito.
Informes anuales al Congreso
El ICBF y el Instituto Nacional de Medicina Legal deben rendir informes anuales al Congreso sobre los casos reportados, los mecanismos implementados, los resultados obtenidos y las recomendaciones para fortalecer las estrategias de búsqueda y prevención.
El caso que da nombre a la Ley Sara Sofía
La norma honra la memoria de Sara Sofía Galván, una niña de dos años desaparecida en Bogotá en enero de 2021 y cuyo paradero nunca fue establecido. Su desaparición se conoció públicamente el 28 de febrero de ese año, después de que una tía denunciara que no aparecía y que la versión de su madre, Carolina Galván, resultaba contradictoria. Según la Fiscalía, la niña estaba bajo el cuidado de su madre y de la pareja de esta, Nilson Díaz.
Durante el proceso surgieron distintas versiones. Nilson Díaz aseguró que la menor había muerto en el apartamento donde vivían y que arrojó su cuerpo al río Tunjuelito, aunque nunca fue hallado. La Fiscalía sostuvo que la niña fue víctima de un homicidio y vinculó a proceso a Carolina Galván y Nilson Díaz por delitos relacionados con su desaparición y muerte. Aunque el cuerpo nunca fue recuperado, las autoridades consideran que existen suficientes elementos para sostener que la niña falleció poco después de desaparecer.



