Si tiene previsto movilizar un vehículo de carga de 3,4 toneladas o más durante los puentes festivos de julio, debe revisar el calendario antes de salir. Julio tiene dos puentes festivos seguidos que activan la restricción para vehículos de carga en la red vial nacional: el puente de la Virgen de Chiquinquirá, del viernes 10 al lunes 13 de julio, y el puente del Día de la Independencia, del viernes 17 al lunes 20 de julio. En ambos casos, la medida aplica a vehículos con peso igual o superior a 3,4 toneladas (3.400 kilogramos) y cubre los principales corredores del país.
La restricción fue establecida por el Ministerio de Transporte mediante las Resoluciones 761 de 2013 y 0002307 de 2014, y el cronograma de julio fue incluido en el Boletín Estratégico de Seguridad y Movilidad expedido el 20 de marzo de 2026. El puente de Chiquinquirá incorporó un ajuste adicional mediante alcance, dado que el 9 de julio fue declarado festivo nacional mediante la Ley 2578 de 2026.
Puente festivo Virgen de Chiquinquirá: 10 al 13 de julio de 2026
Se esperan 2,1 millones de vehículos circulando por las vías de Cundinamarca durante este puente. La restricción aplica así:
Viernes 10 de julio — 15:00 a 22:00 horas
Solo en sentido éxodo desde las salidas de Bogotá, en vías del departamento de Cundinamarca. No aplica a nivel nacional.
Sábado 11 de julio — 06:00 a 15:00 horas
Aplica en ambos sentidos en todas las vías sujetas a restricción. En la vía Medellín–Cruce Ruta 45 (Caño Alegre), la restricción corre de 12:00 a 19:00 horas en ambos sentidos.
Domingo 12 de julio
No aplica restricción de carga a nivel nacional. El domingo queda libre para garantizar el abastecimiento de alimentos, medicamentos y combustibles en todo el país.
Lunes festivo 13 de julio — 10:00 a 23:00 horas
Aplica en ambos sentidos en todas las vías sujetas a restricción. Hay dos casos especiales: en la vía Bogotá–Villavicencio–Acacías la restricción es total, sin excepciones, en ambos sentidos. En las vías Bogotá–Fusagasugá–Melgar–Ibagué e Ibagué–Cajamarca–Calarcá–La Paila, la restricción corre desde las 08:00 hasta la 01:00 del martes 14 de julio.
En Cundinamarca, el corredor Alpes–Villeta y Chuguacal–Cambao tiene restricción el sábado 11 y el lunes 13 entre las 10:00 a.m. y las 10:00 p.m.
Puente festivo Día de la Independencia: 17 al 20 de julio de 2026
Viernes 17 de julio — 15:00 a 22:00 horas
Solo en sentido éxodo desde las salidas de Bogotá, en vías de Cundinamarca. Además aplica en ambos sentidos en Bogotá–Fusagasugá–Melgar–Ibagué e Ibagué–Cajamarca–Calarcá–La Paila.
Sábado 18 de julio — 06:00 a 15:00 horas
Aplica en ambos sentidos en todas las vías restringidas, excepto Rumichaca–Pasto–Mojarras–Popayán. En la vía Medellín–Cruce Ruta 45 (Caño Alegre), de 12:00 a 19:00 horas en ambos sentidos.
Domingo 19 de julio — 15:00 a 23:00 horas
Aplica únicamente en sentido Ibagué–Melgar–Fusagasugá–Soacha–Bogotá.
Lunes festivo 20 de julio — 10:00 a 23:00 horas
Aplica en ambos sentidos en todas las vías restringidas, excepto Rumichaca–Pasto–Mojarras–Popayán. En Bogotá–Villavicencio–Acacias la restricción es total y sin excepciones en ambos sentidos. En Bogotá–Fusagasugá–Melgar–Ibagué e Ibagué–Cajamarca–Calarcá–La Paila, aplica desde las 08:00 hasta la 01:00 del martes 21 de julio.
Principales vías con restricción en julio
Las vías sujetas a restricción en ambos puentes incluyen, entre otras: Bogotá–Chía–Cajicá–Ubaté–Chiquinquirá–Bucaramanga. Bogotá–Choachí, Bogotá–La Calera–Guasca–Guatavita–Sesquilé. Bogotá–La Vega–Villeta–Guaduas–Honda, Bogotá–Fusagasugá–Melgar–Ibagué, Bogotá–Tocancipá–Tunja, Bogotá–Villavicencio–Acacías. Cali–Popayán, Bucaramanga–Pamplona–Cúcuta, Barranquilla–Cartagena (Vía al Mar). Medellín–Cruce Ruta 45. Ibagué–Cajamarca–Calarcá–La Paila, Neiva–Garzón–Pitalito. Santa Marta–Palomino. Tunja–Duitama–Sogamoso. Villavicencio–Cumaral, entre otras.
Vías que no tienen restricción
Barranquilla–Ye de Ciénaga. Bucaramanga–La Lizama. Cúcuta–Ye de Astilleros–Sardinata–Ocaña. Girardot–Nariño–Guataquí–Cambao, Medellín–Santa Fe de Antioquia–Mutatá. Palmira–Ye de Villa Rica. Pereira–Cartago–La Paila.
Vehículos que quedan exentos
La restricción no aplica, sin importar el porcentaje de carga, a los vehículos que transporten: gasolina, ACPM, biodiesel, alcohol carburante, GNC, GLP, JET A1 y AVGAS; oxígeno medicinal debidamente identificado; leche procesada y sin procesar; flores del Plan Pétalo; y vehículos tipo grúa para atender emergencias viales.
Tampoco aplica cuando al menos el 80 % del peso corresponda a: periódicos del día, especies avícolas, huevos, leche, lácteos, carne, frutas, verduras, flores y hortalizas, ganado de lidia, arroz, maíz, sorgo y soya con destino a plantas de procesamiento, desechos sólidos domiciliarios o maquinaria para atención de emergencias en infraestructura vial.
Los organismos de seguridad del Estado y los vehículos de emergencia debidamente identificados también quedan exentos en todos los casos.
Medidas adicionales para el retorno del 13 de julio
Según la Alcaldía de Bogotá, para el Plan Retorno del lunes 13 de julio, las autoridades habilitarán un reversible continuo desde Apulo (K32+000) hasta Mosquera–Puente Balsillas (K113+000) entre las 10:00 de la mañana y las 11:59 de la noche. Entre las 4:00 y las 8:00 de la tarde funcionará un reversible en el corredor Mondoñedo–Soacha para agilizar el ingreso a Bogotá.
Ese mismo día rige el pico y placa regional para ingreso a Bogotá: placas pares entre las 12:00 del mediodía y las 4:00 de la tarde; placas impares entre las 4:00 y las 8:00 de la noche.
Las autoridades de Cundinamarca desplegarán drones de monitoreo en corredores estratégicos como Anapoima–La Mesa–La Gran Vía, el peaje Chusacá, la autopista Sur y la glorieta Toreros en Mosquera. Los horarios pueden ser modificados por la Policía de Tránsito a través del Puesto de Mando Unificado ante alto flujo vehicular o situaciones de emergencia.



