Ministerio del Deporte detalla los motivos de la exclusión de Manuela Gómez del programa de apoyo a atletas
El Ministerio del Deporte ha emitido un comunicado oficial para responder a las críticas de la canoísta olímpica Manuela Gómez, quien fue excluida del programa Atleta Excelencia. La entidad gubernamental defendió la transparencia de sus procesos y explicó que la decisión se basa en una actualización normativa reciente.
Nueva reglamentación establece criterios más estrictos
Según el Ministerio, el programa fue modificado mediante la Resolución No. 001003 del 28 de noviembre de 2025. Esta nueva normativa busca:
- Priorizar a deportistas con logros destacados en competencias continentales y mundiales
- Incluir categorías específicas para talentos emergentes y reserva deportiva
- Asegurar el relevo generacional en las diferentes disciplinas deportivas
El Gobierno Nacional enfatizó que ninguna exclusión es arbitraria, sino que responde a evaluaciones técnicas rigurosas.
Comisión Técnica evalúa múltiples factores
Las decisiones sobre la permanencia en el programa son tomadas por una Comisión Técnica integrada por:
- El Ministerio del Deporte
- El Comité Olímpico Colombiano (COC)
- El Comité Paralímpico Colombiano
Esta comisión realiza evaluaciones colegiadas que consideran:
- Los resultados deportivos obtenidos específicamente durante la vigencia 2025
- El cumplimiento estricto de los requisitos de permanencia establecidos
- Informes técnicos y seguimiento interdisciplinario de cada atleta
El Ministerio subrayó que estas determinaciones no responden a decisiones unilaterales, sino a evaluaciones sustentadas en la normativa vigente.
Puerta abierta para el retorno al programa
A pesar de la exclusión, el Ministerio dejó una posibilidad de retorno para Manuela Gómez y otros deportistas afectados. Los atletas que obtengan los logros establecidos en la nueva resolución podrán postularse nuevamente para ser incluidos en el programa Atleta Excelencia.
Finalmente, MinDeporte reafirmó su disposición al diálogo institucional y al uso de canales formales para tramitar aclaraciones o recursos, insistiendo en que el proceso respeta todas las garantías del debido proceso y la transparencia requerida en estos casos.



