Colombia enfrenta plazo crítico de 64 días para evitar vacío legal en lucha contra contrabando
64 días para evitar vacío legal en lucha contra contrabando en Colombia

Colombia enfrenta plazo crítico de 64 días para evitar vacío legal en lucha contra contrabando

La Procuraduría General de la Nación ha encendido todas las alarmas este jueves, advirtiendo sobre graves riesgos jurídicos e institucionales que podría enfrentar Colombia si el Congreso no expide antes del 20 de junio de 2026 una ley que establezca el régimen sancionatorio aduanero. La advertencia surge tras la Sentencia C-072 de 2025 de la Corte Constitucional, que declaró inexequible la facultad que tenía el Gobierno Nacional para regular esta materia por decreto.

Cuenta regresiva con implicaciones directas sobre el control del contrabando

El alto tribunal concedió al Congreso un plazo perentorio hasta el 20 de junio de este año para que legisle al respecto. Esta fecha se convierte en una cuenta regresiva con implicaciones directas sobre el control del contrabando, el decomiso de mercancías y la capacidad del Estado para imponer sanciones en materia aduanera. A partir del 21 de junio, si no hay ley aprobada, el vacío normativo podría ser inmediato y de amplio alcance, afectando significativamente las operaciones aduaneras en todo el territorio nacional.

Riesgos concretos de la falta de legislación aduanera

Según la Procuraduría Delegada Segunda para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública, los efectos de no contar con esta regulación serían múltiples y simultáneos:

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  • Limitaciones severas en la imposición de sanciones a infractores aduaneros
  • Dificultades operativas en el decomiso de mercancías de contrabando
  • Controversias jurídicas en los procesos administrativos en curso
  • Afectaciones directas al recaudo fiscal y al control efectivo del contrabando

La entidad alertó que cada uno de estos aspectos representa una amenaza directa a la integridad del sistema aduanero nacional y a las finanzas públicas del país. Sin un régimen sancionatorio vigente, los operadores aduaneros y los procesos administrativos en curso quedarían en un limbo jurídico que, en la práctica, podría traducirse en la imposibilidad de realizar decomisos o de mantener la validez de actuaciones que actualmente están en trámite.

Fundamento constitucional del cambio normativo

La decisión de la Corte Constitucional tuvo como eje fundamental el principio de reserva de ley, que en el ordenamiento jurídico colombiano exige que ciertas materias, entre ellas las sanciones y los procedimientos que afectan derechos de los ciudadanos, sean reguladas exclusivamente por el poder legislativo. La sentencia determinó que el régimen sancionatorio aduanero encaja en esa categoría, razón por la cual anuló la habilitación que tenía el Gobierno para expedir esa normativa mediante decretos.

Esta distinción no es solo técnica: en la práctica, significa que cualquier regulación aduanera adoptada bajo el esquema anterior fue cuestionada en su legitimidad constitucional, lo que abre la puerta a controversias jurídicas sobre actuaciones pasadas y en curso. El tema pasó entonces al Congreso de la República, que tiene la obligación constitucional y el plazo perentorio para actuar antes de que el vacío normativo se materialice en junio próximo.

Respuesta institucional y seguimiento preventivo

Frente a este panorama crítico, la Procuraduría General informó que adelanta un seguimiento preventivo exhaustivo al trámite legislativo correspondiente y que promueve espacios de articulación institucional para analizar los riesgos y los distintos escenarios que podrían derivarse de una eventual inacción del Congreso. La entidad fue enfática en aclarar que su intervención "se enmarca en la función preventiva, con el propósito de anticipar riesgos y proteger el interés general, sin interferir en las competencias del Congreso y del Gobierno Nacional".

La función preventiva que ejerce la Procuraduría en este caso busca evitar que los riesgos identificados se conviertan en daños concretos al erario público y al ordenamiento jurídico colombiano. Al hacer pública su alerta con más de dos meses de anticipación, la entidad de control deja constancia formal de la urgencia del asunto y traslada la responsabilidad de actuar a las instancias que tienen la competencia constitucional para hacerlo.

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El plazo de 64 días que tiene Colombia para evitar que el contrabando escape de la justicia representa un desafío institucional de primer orden, donde la coordinación entre poderes públicos y la celeridad legislativa serán determinantes para mantener la efectividad del sistema aduanero nacional y la protección de las finanzas públicas frente a las actividades ilícitas de contrabando.