Importadores enfrentan presión por plazos ajustados en impuesto a plásticos
La reciente reglamentación expedida por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) sobre el Impuesto Nacional a los Productos Plásticos de un Solo Uso (IPUSUI) ha generado una alerta significativa en el sector empresarial colombiano. El gremio de Acoplásticos ha manifestado su preocupación ante los tiempos limitados establecidos para cumplir con esta obligación tributaria, advirtiendo sobre posibles errores involuntarios y sanciones para cientos de compañías importadoras.
Plazos insuficientes y complejidad técnica
La Resolución 000005 del 9 de febrero de 2026 fijó como fecha límite el 13 de febrero para cumplir con la declaración correspondiente al año gravable 2025. Esto significa que las empresas disponen de apenas tres días hábiles para revisar operaciones pasadas, calcular el peso en gramos de los empaques plásticos importados y presentar la documentación requerida.
Según explicó Daniel Mitchell, presidente de Acoplásticos, los importadores deben revisar operaciones realizadas desde el 25 de julio de 2025, fecha establecida por la Corte Constitucional mediante la Sentencia C-99 de 2025. Durante varios meses no existió una metodología clara ni formularios oficiales, lo que obliga ahora a reconstruir información técnica y comercial de forma retroactiva.
Amplio alcance del impuesto
El alcance de este tributo es particularmente extenso:
- No se limita a fabricantes de envases plásticos
- Cubre a toda empresa que importe productos empacados, envasados o embalados en plástico
- Aplica tanto para comercialización como para uso como insumo
- Incluye alimentos, bebidas, productos de aseo, maquinaria, electrodomésticos y tornillería
Aunque la DIAN amplió hasta el 31 de marzo el plazo para presentar el reporte de declaraciones de importación, la obligación de declarar y pagar el impuesto se mantiene vigente para el mes de febrero. Esto implica que las empresas deben realizar cálculos técnicos complejos, incluso para identificar casos en los que el producto pueda estar excluido del gravamen.
Retos operativos para las empresas
La situación es especialmente desafiante para:
- Grandes superficies comerciales con múltiples proveedores internacionales
- Empresas que deben recopilar certificaciones y datos sobre el gramaje del plástico utilizado en cada referencia
- Compañías que enfrentan la ausencia de parámetros técnicos definidos sobre tolerancias en el pesaje
Además, persiste un punto sensible adicional: la reglamentación sobre la no causación del impuesto en casos de economía circular, prevista desde 2023, aún no ha sido expedida, pese a que la Ley 2277 de 2022 contemplaba esta disposición.
Impacto en el sector productivo
Acoplásticos, gremio que agrupa a industrias que generan aproximadamente 250.000 empleos y ventas por alrededor de 35 billones de pesos anuales en Colombia, advierte que la combinación de retroactividad, complejidad técnica y plazos reducidos puede traducirse en:
- Litigios administrativos y judiciales
- Mayores cargas administrativas para el sector productivo
- Posibles sanciones por errores en las declaraciones
En un contexto de presión fiscal y desaceleración económica, el debate trasciende el aspecto recaudatorio y se centra en la capacidad operativa de las empresas para cumplir con estas obligaciones sin exponerse a contingencias legales significativas. La claridad en los procedimientos y tiempos razonables para su implementación se han convertido en demandas prioritarias del sector empresarial colombiano.



