La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) dio a conocer el calendario oficial para la declaración de renta de personas jurídicas correspondiente al año gravable 2025. El proceso inició el 12 de mayo de 2026 y se extenderá durante varias semanas en todo el territorio colombiano. Más de 1.273.214 contribuyentes están obligados a cumplir con esta obligación tributaria, y se proyecta un recaudo cercano a los 27,8 billones de pesos.
Fechas de presentación y pago de la primera cuota
Los vencimientos se organizan según el último dígito del Número de Identificación Tributaria (NIT), sin considerar el dígito de verificación. Las fechas son las siguientes:
- 12 de mayo: NIT terminado en 1
- 13 de mayo: NIT terminado en 2
- 14 de mayo: NIT terminado en 3
- 15 de mayo: NIT terminado en 4
- 19 de mayo: NIT terminado en 5
- 20 de mayo: NIT terminado en 6
- 21 de mayo: NIT terminado en 7
- 22 de mayo: NIT terminado en 8
- 25 de mayo: NIT terminado en 9
- 26 de mayo: NIT terminado en 0
Segunda cuota: fechas de pago
La segunda etapa del calendario tributario corresponde al pago de la segunda cuota, que deberá realizarse entre el 9 y el 23 de julio de 2026, también según el último dígito del NIT:
- 9 de julio: NIT terminado en 1
- 10 de julio: NIT terminado en 2
- 13 de julio: NIT terminado en 3
- 14 de julio: NIT terminado en 4
- 15 de julio: NIT terminado en 5
- 16 de julio: NIT terminado en 6
- 17 de julio: NIT terminado en 7
- 21 de julio: NIT terminado en 8
- 22 de julio: NIT terminado en 9
- 23 de julio: NIT terminado en 0
Distribución geográfica de contribuyentes
Según datos de la Dian, Bogotá concentra la mayor cantidad de personas jurídicas obligadas a declarar, con 470.504 contribuyentes, equivalentes al 36,9 % del total nacional. Le siguen Medellín (176.390), Cali (84.396), Barranquilla (78.326) y Cartagena (49.236).
Recomendaciones y sanciones
La Dian recordó que presentar la declaración fuera de las fechas establecidas puede generar sanciones económicas e intereses por mora. Por ello, recomienda revisar previamente la información financiera y tributaria para evitar inconsistencias o errores que puedan derivar en requerimientos administrativos.
Las empresas cuya declaración de renta arroje un impuesto inferior a 41 UVT (equivalente a 2.147.334 pesos en 2026) deberán realizar el pago total en una sola cuota. En caso contrario, podrán dividir el pago en dos partes, siguiendo el cronograma establecido para mayo y julio.



