Corte Suprema de EE.UU. limita aranceles de Trump: ¿recuperarán empresas colombianas lo pagado?
Corte Suprema limita aranceles de Trump: ¿recuperarán empresas colombianas?

Fallo histórico redefine facultades arancelarias en Estados Unidos

En una decisión que marca un precedente fundamental para el comercio internacional, la Corte Suprema de Estados Unidos determinó que la imposición de aranceles corresponde exclusivamente al Congreso estadounidense, limitando así las facultades del presidente Donald Trump en esta materia. El fallo específicamente declaró que la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA) no autoriza al presidente a imponer aranceles unilateralmente.

"Esta sentencia reafirma que la política arancelaria no puede convertirse en una herramienta discrecional del Ejecutivo sin límites claros establecidos por el Congreso", explicó Nicolás Potdevin, socio de Pérez-Llorca / Gómez-Pinzón, destacando la importancia de esta decisión para la separación de poderes y la estabilidad del comercio internacional.

Impacto inmediato para exportadores colombianos

Colombia emerge como uno de los principales beneficiados por esta decisión judicial, dado que el gobierno de Trump había impuesto un arancel del 10% a numerosos productos nacionales que ingresaban al mercado estadounidense. Sin embargo, la implementación práctica no será automática ni inmediata.

María Claudia Lacouture, presidenta de AmCham Colombia, aclaró que aunque el efecto jurídico del fallo es inmediato, "la implementación operativa dependerá de las instrucciones formales de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP), y de ajustes administrativos". Existe además un plazo procesal de hasta 25 días para solicitar reconsideración, lo que podría suspender temporalmente la ejecución formal.

Productos afectados y proceso de reembolso

Según información detallada de AmCham Colombia, los sectores más impactados por el arancel del 10% incluyen:

  • Flores y productos florales
  • Textiles y confecciones
  • Diversos productos manufacturados

En contraste, permanecían exentas las exportaciones de petróleo, oro y café, manteniendo así cierta estabilidad para estos sectores estratégicos.

Respecto al proceso de devolución de los recursos ya pagados, la situación presenta complejidades significativas. Javier Díaz, presidente de Analdex, señaló que "la devolución de esos recursos aún es incierta y muy seguramente vendrán demandas para recuperar los aranceles pagados".

María Paula Sánchez, socia de Posse Herrera Ruiz, anticipa un proceso masivo de reclamaciones que podría involucar millones de dólares recaudados por el Tesoro estadounidense durante el último año. "Las empresas empezarán a reclamar reembolsos, lo que supone un reto logístico considerable para la CBP", advirtió la experta legal.

Recomendaciones para empresas colombianas

Ante este escenario cambiante, AmCham Colombia recomienda a las empresas afectadas:

  1. No asumir modificaciones automáticas en sus obligaciones arancelarias hasta que las autoridades estadounidenses publiquen guías formales
  2. Revisar el estado de cada operación con asesores legales y agentes aduaneros especializados
  3. Mantener seguimiento cercano a las comunicaciones oficiales de la CBP y del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR)

"Esta decisión cambia el marco jurídico, pero la implementación práctica aún no está determinada; esa información será determinante para proceder de forma pertinente", enfatizó Lacouture.

Implicaciones estratégicas y futuros escenarios

El fallo de la Corte Suprema podría traducirse en mayor previsibilidad en las relaciones comerciales con Estados Unidos, principal socio estratégico de Colombia. Potdevin destacó que "la estabilidad normativa cobra un valor especial en un entorno global volátil", beneficiando tanto a exportadores como importadores.

Sin embargo, es crucial precisar que la decisión judicial se limita exclusivamente a los aranceles sustentados en la IEEPA. No elimina automáticamente otros gravámenes vigentes bajo diferentes marcos legales, como:

  • Sección 232 (seguridad nacional)
  • Sección 301 (comercio desleal)
  • Sección 201 (medidas de salvaguardia)
  • Sección 122 (balanza de pagos)

Por ejemplo, los aranceles al acero y al aluminio mantienen su vigencia bajo estas otras disposiciones legales.

Opciones restantes para la administración Trump

El gobierno estadounidense conserva alternativas para mantener o imponer nuevos aranceles, aunque con procedimientos más rigurosos. Díaz explicó que "el Gobierno estadounidense puede acudir al Congreso para solicitar facultades que le permitan mantener estos aranceles, o presentar un proyecto de ley para su aprobación formal".

Sánchez agregó que aunque Trump aún cuenta con herramientas como las Secciones 232 y 301, "estas leyes requieren investigaciones previas y justificaciones técnicas que la IEEPA no exigía", lo que implica procesos más largos y fundamentados.

La anulación de estos aranceles específicos podría contribuir a aliviar tensiones comerciales y presiones inflacionarias en Estados Unidos, generando efectos indirectos favorables para los exportadores latinoamericanos. Este fallo histórico redefine no solo las relaciones comerciales bilaterales, sino también los límites constitucionales del poder ejecutivo estadounidense en materia económica internacional.