Mincomercio redefine la circulación de factura electrónica como título valor en Colombia
Mincomercio redefine factura electrónica como título valor

Mincomercio redefine la circulación de factura electrónica como título valor en Colombia

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo ha puesto a disposición pública un proyecto de decreto que introduce cambios sustanciales en la circulación de la factura electrónica de venta como título valor en el territorio nacional. Esta iniciativa modifica específicamente el Decreto 1074 de 2015 y ajusta las reglas sobre aceptación, registro y negociación en el sistema Radian, con el objetivo fundamental de armonizar la normativa vigente con el Código de Comercio y con la operación real del sistema financiero y comercial.

Cambios centrales en la regulación

Los ajustes se concentran principalmente en los artículos 2.2.2.53.3, 2.2.2.53.4 y 2.2.2.53.12 del decreto vigente. El proyecto aclara cuándo una factura debe registrarse en el Radian y redefine los eventos electrónicos asociados a su aceptación expresa o tácita, aspectos que inciden directamente en la negociación de estos títulos valores. La modificación responde a interpretaciones que, según el Gobierno Nacional, generaban ambigüedades significativas en la circulación de las facturas electrónicas, afectando la confianza y agilidad en los procesos comerciales.

Uno de los cambios más relevantes establece que solo deberán registrarse en el Radian las facturas electrónicas que tengan vocación de circulación, es decir, aquellas que se pretendan endosar o negociar como título valor. Con esta medida se elimina la interpretación anterior que obligaba a registrar de manera generalizada todas las facturas emitidas, redefiniendo así el alcance operativo del sistema y delimitando su uso exclusivamente a los casos en los que exista intención real de negociación financiera.

Nuevos plazos y procedimientos

El proyecto también modifica el punto de partida para la aceptación de la factura electrónica. La aceptación expresa o tácita deberá realizarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la recepción de la factura electrónica, y no al recibo de la mercancía o del servicio, como ocurría anteriormente. Este cambio busca acelerar considerablemente los procesos de negociación y reducir las demoras operativas en la circulación del título valor, proporcionando mayor certeza jurídica a todas las partes involucradas.

Karoll Cuadros Castañeda, gerente de eCommerce y experta en facturación electrónica de Sovos Saphety, señaló que "este ajuste normativo responde a una necesidad crítica del mercado". Según la experta, "el proyecto de decreto corrige una ambigüedad que venía afectando la confianza y la agilidad en la circulación de la factura electrónica. Al alinear los tiempos de aceptación con el Código de Comercio, se fortalece la seguridad jurídica del título valor y se recupera su función como instrumento de financiamiento productivo".

Mayor trazabilidad y formalización digital

La iniciativa establece además que el recibo de la mercancía o del servicio, la aceptación expresa o tácita y los reclamos deberán realizarse y acreditarse electrónicamente dentro de los plazos definidos. Este esquema refuerza significativamente la trazabilidad del título valor y formaliza cada evento dentro del entorno digital, creando un registro completo y verificable de todas las transacciones.

Asimismo, el proyecto dispone que, una vez la factura electrónica sea aceptada de manera expresa o tácita, no podrán registrarse notas débito o crédito asociadas, cerrando así el ciclo del título y dando mayor certeza a terceros de buena fe que participen en la cadena de negociación.

Impacto en el financiamiento empresarial

En materia de pago, el texto introduce mayor rigor en el informe de tenencia. El tenedor legítimo de la factura deberá informar su posesión al adquirente a través del Radian al menos tres días antes del vencimiento, con el fin de reforzar la transparencia en la circulación del documento y prevenir situaciones de conflicto o duplicidad.

Desde la perspectiva empresarial, Cuadros indicó que los cambios pueden dinamizar considerablemente el acceso al financiamiento, en particular para micro, pequeñas y medianas empresas que utilizan el factoring como fuente principal de liquidez. No obstante, advirtió que el nuevo esquema exige mayor control interno y madurez tecnológica por parte de las organizaciones.

"La factura electrónica gana velocidad y claridad como título valor, pero el reto para las empresas será operativo. Quienes no gestionen de forma adecuada los eventos electrónicos dentro de los plazos definidos podrían perder oportunidades de negociación o enfrentar riesgos en la circulación del título", afirmó la experta, agregando que "este proyecto marca un punto de inflexión. La regulación está enviando un mensaje claro: la factura electrónica no es solo un documento tributario, es un activo financiero que exige rigor jurídico y tecnológico. Las empresas que se anticipen y ajusten sus procesos tendrán una ventaja competitiva significativa".

El proyecto permanece actualmente en etapa de consulta pública y su versión final definirá el marco regulatorio aplicable a la circulación de la factura electrónica como título valor en Colombia, estableciendo las reglas que regirán este importante instrumento financiero en los próximos años.