México impone sanción millonaria por prácticas monopolísticas en suministro de oxígeno medicinal
La Comisión Nacional Antimonopolio de México (CNA) anunció este jueves una sanción económica significativa contra las empresas Praxair y dos compañías del Grupo Infra, por implementar cláusulas de exclusividad en contratos de abastecimiento de oxígeno medicinal dirigidos a clínicas y hospitales privados a lo largo del territorio nacional.
Detalles de la multa y las empresas involucradas
La sanción total asciende a aproximadamente 800 millones de pesos mexicanos, equivalente a unos 44.80 millones de dólares estadounidenses. De esta cantidad, el Grupo Infra deberá pagar 723 millones de pesos, mientras que Praxair enfrenta una multa de 68 millones de pesos. Estas cifras reflejan la gravedad de las prácticas anticompetitivas identificadas por las autoridades regulatorias.
Prácticas anticompetitivas que duraron más de una década
Las cláusulas de exclusividad estuvieron vigentes desde al menos el año 2010 hasta 2023, abarcando incluso el período crítico de la pandemia de COVID-19, cuando la demanda de oxígeno medicinal alcanzó niveles sin precedentes. Según el comunicado oficial de la CNA, estas disposiciones contractuales impidieron sistemáticamente que los hospitales pudieran cambiar de proveedor, creando barreras significativas para la entrada o expansión de competidores en el mercado.
Cláusulas abusivas y su impacto en el sistema de salud
Los contratos incluían no solo disposiciones de exclusividad, sino también cláusulas de renovación automática y penalizaciones económicas por terminación anticipada. Estas condiciones se aplicaban tanto a los hospitales existentes como a cualquier institución médica futura que los clientes pudieran establecer. La Comisión determinó que estas restricciones afectaron directamente a los pacientes que requerían oxígeno medicinal, al limitar el acceso a mejores condiciones de abastecimiento y precios más competitivos.
Medidas correctivas y supervisión futura
La CNA ha ordenado a las empresas sancionadas que cesen inmediatamente la aplicación de todas las cláusulas de exclusividad en sus contratos vigentes. Además, deben renunciar a cualquier penalización por incumplimiento de estos términos restrictivos. Para garantizar el cumplimiento, cada empresa deberá nombrar un oficial de cumplimiento y un auditor independiente que supervisen la implementación de las medidas correctivas y el respeto a las leyes de competencia.
Restricciones para contratos futuros
La resolución establece que los futuros contratos de abastecimiento de oxígeno medicinal no podrán incluir cláusulas de exclusividad ni disposiciones de renovación automática. Esta medida busca promover un entorno competitivo más saludable en el mercado de suministros médicos esenciales, beneficiando tanto a las instituciones de salud como a los pacientes que dependen de estos insumos críticos.



