Nuevo régimen aduanero elimina ambigüedad en verificación de solvencia económica
Nuevo régimen aduanero elimina ambigüedad en solvencia económica

El nuevo régimen sancionatorio aduanero en Colombia introduce cambios significativos en una de las medidas más controvertidas para los importadores. Según la Asociación Nacional de Comercio Exterior (Analdex), la reforma corrige vacíos normativos relacionados con la verificación de la capacidad financiera de los usuarios aduaneros, una figura que generó múltiples interpretaciones por parte de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) y afectó la seguridad jurídica en el comercio exterior.

Antecedentes de la medida cautelar

La discusión se centra en la medida cautelar que permitía la retención temporal de mercancías cuando la autoridad no lograba determinar la solvencia económica del importador. Esta disposición, contenida en el numeral 10.2 del artículo 7 del Decreto Ley 920 de 2023, fue objeto de múltiples pronunciamientos doctrinales de la Dian en junio y noviembre de 2024, y en enero de 2026, lo que evidenció problemas en el diseño original de la norma.

Analdex señaló que una regulación que requiere ser reinterpretada constantemente genera incertidumbre para los operadores de comercio exterior. "Una norma que necesita ser explicada y reexplicada con esa frecuencia no es una norma clara. Es una norma que nació con una confusión implícita, y esa confusión la ha pagado el usuario aduanero", indicó el gremio.

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Problemas en la aplicación de la medida

Si bien el objetivo de la medida era legítimo, al buscar enfrentar riesgos como empresas de papel, uso indebido de identidades y operaciones sin respaldo económico, su aplicación generó dificultades. El principal cuestionamiento fue el concepto de "solvencia económica", que carecía de parámetros objetivos para determinar cuándo una empresa era solvente. Esto dejó un amplio margen de apreciación para los funcionarios de la Dian, impidiendo que los usuarios conocieran de antemano las condiciones exactas para superar el control.

La propia Dian reconoció esta limitación en el Concepto 000785 de 2026, al señalar que no estaba facultada para crear indicadores financieros mediante doctrina administrativa. Además, los plazos de verificación, aunque establecidos en cinco días hábiles, solían extenderse debido al volumen de información requerida, generando costos de almacenamiento y retrasos logísticos para los importadores.

Las nuevas reglas para la capacidad económica y financiera

La reforma modifica integralmente esta figura. El primer cambio es la eliminación del término "solvencia económica", reemplazado por "capacidad económica y financiera". Ahora, el usuario debe demostrar que cuenta con recursos reales, legalmente sustentados y suficientes para respaldar la totalidad de la operación de comercio exterior. Esto enfoca la evaluación en la operación específica, no en una condición general de la empresa.

La reforma incorpora reglas probatorias específicas: las personas jurídicas y comerciantes deben presentar estados financieros de los dos últimos años y certificaciones de origen legal de los recursos; las personas naturales no comerciantes, evidencia documental suficiente. Para empresas recién constituidas, se permite usar el estado de situación financiera de apertura como soporte.

Además, se establecen obligaciones más precisas para la autoridad aduanera, que debe considerar las particularidades de la negociación contractual, la naturaleza de la operación y la actividad económica del usuario. El plazo de cinco días hábiles se mantiene, pero ahora puede prorrogarse una sola vez por un periodo igual, evitando extensiones indefinidas.

Impacto en la seguridad jurídica

Uno de los cambios más relevantes es la vigencia de las verificaciones favorables durante todo el año fiscal en que se realizaron. Esto evita que los importadores deban someterse repetidamente al mismo procedimiento para cada operación. La autoridad solo podrá revaluar la situación si existen indicios que justifiquen un nuevo examen, y deberá seguir el procedimiento correspondiente.

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Para Analdex, estos cambios fortalecen tanto el control contra el fraude como la protección de los operadores legítimos. "El control eficiente y la facilitación del comercio no son objetivos opuestos. En materia aduanera, se exigen mutuamente", destacó el gremio. La reforma representa uno de los resultados más relevantes del proceso de concertación que acompañó la construcción del nuevo régimen sancionatorio aduanero, con el objetivo de que las verificaciones sean una herramienta de control eficaz dentro de un marco de reglas claras, previsibles y compatibles con el debido proceso.