Invima prohíbe 136 esmaltes semipermanentes por contener sustancias cancerígenas
Invima prohíbe esmaltes semipermanentes con sustancias cancerígenas

Invima toma medida drástica contra esmaltes semipermanentes peligrosos

El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, conocido como Invima, ha confirmado oficialmente la prohibición total de 136 esmaltes semipermanentes que se comercializan en el mercado colombiano. Esta decisión histórica se tomó después de que análisis de laboratorio detectaran en la composición de estos productos sustancias químicas directamente asociadas con riesgos graves para la salud humana, incluyendo el desarrollo de cáncer, afectaciones cutáneas severas y posibles daños en el sistema reproductivo.

Sustancias prohibidas identificadas

La resolución del Invima, comunicada el 4 de marzo de 2026, se fundamenta en la presencia de dos compuestos específicos que han sido identificados como altamente peligrosos:

  • Trimetilbenzoil Difenilfosfina Óxido (TPO)
  • N,N-dimetil-p-toluidina (DMPT)

Ambas sustancias están expresamente prohibidas en productos cosméticos dentro del territorio colombiano y de la subregión andina debido a sus efectos tóxicos comprobados científicamente. La evidencia recopilada por autoridades sanitarias demuestra que estos químicos pueden generar reacciones adversas significativas en quienes los utilizan regularmente.

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Alcance y aplicación de la medida

Según el comunicado oficial emitido por el Invima, la prohibición entró en vigencia el 16 de febrero de 2026 y tiene un alcance regional que abarca todos los países miembros de la Comunidad Andina. La resolución establece claramente que:

  1. Queda prohibida la comercialización de estos 136 esmaltes semipermanentes
  2. No se permite el agotamiento de inventarios existentes en el mercado
  3. La medida aplica para fabricantes, importadores, distribuidores y establecimientos comerciales

"Esta decisión se adopta como parte de las acciones de protección a la salud pública en el espacio comunitario, tras la evidencia científica que confirma los riesgos carcinogénicos, tóxicos para la reproducción y de sensibilización en la piel asociados a estas sustancias", explicó el Invima en su pronunciamiento oficial.

Proceso de implementación y seguimiento

El organismo de vigilancia sanitaria detalló que la cancelación de las Notificaciones Sanitarias Obligatorias se realizó de manera automática una vez que venció el plazo de 60 días establecido tras la publicación de la resolución correspondiente en la Gaceta Oficial del Acuerdo de Cartagena, el pasado 15 de diciembre de 2025.

El Invima ha hecho un llamado enfático a todos los actores de la cadena comercial para que verifiquen permanentemente el cumplimiento de la normativa sanitaria vigente y consulten los canales oficiales de información antes de ofrecer cualquier tipo de producto cosmético. La corresponsabilidad de fabricantes, importadores y distribuidores es fundamental para proteger adecuadamente a los consumidores colombianos.

Compromiso con la salud pública

Con esta medida sin precedentes, la Comunidad Andina y las autoridades sanitarias nacionales reiteran su compromiso inquebrantable con la protección de los consumidores y profesionales de belleza, garantizando que los productos disponibles en el mercado cumplan con los más altos estándares de seguridad internacional.

"El Invima reitera su disposición para brindar orientación técnica y acompañamiento a los actores del sector, reafirmando su misión de vigilancia y control sanitario en beneficio de todos los colombianos", puntualizó la entidad en su comunicado final, destacando que el fortalecimiento de la confianza en los productos disponibles es una prioridad absoluta para el organismo regulador.

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