Propietarios en conjuntos residenciales enfrentan multas superiores a $583.000 por ruidos excesivos
La convivencia en los conjuntos residenciales de Colombia ha tomado un rumbo drásticamente más estricto con la plena implementación de la Ley 2450 de 2025, conocida popularmente como la "Ley Antirruido". Las autoridades han comenzado a aplicar sanciones económicas que ya superan los $583.000 para aquellos residentes que perturben la tranquilidad de sus vecinos con ruidos excesivos.
Cambio radical en la gestión de conflictos por ruido
Hasta hace algunos años, los conflictos generados por ruidos molestos en propiedades horizontales solían resolverse mediante una simple llamada de atención por parte del vigilante o una nota administrativa. Sin embargo, el panorama actual es completamente diferente. Bajo el marco legal vigente, la Policía Nacional está ahora facultada para imponer comparendos directos basándose en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.
Detalles de las sanciones económicas para 2026
Para el presente año 2026, la multa tipo 4, que es la que comúnmente se aplica a comportamientos que afectan la tranquilidad del vecindario, equivale a 16 salarios mínimos diarios legales vigentes (SMDLV). Con el ajuste del salario mínimo para este año, este monto asciende aproximadamente a $583.630.
Esta sanción se aplica específicamente a conductas como:
- Música a volumen excesivamente alto
- Fiestas persistentes que alteren el descanso vecinal
- Uso de maquinaria o herramientas en horarios no permitidos
- Cualquier actividad que supere los límites de presión sonora establecidos
Límites legales de presión sonora en zonas residenciales
La normativa colombiana establece parámetros claros respecto a los niveles de presión sonora permitidos en zonas residenciales. Según la Resolución 0627 de 2006, que continúa siendo el estándar técnico de referencia, los límites son:
- Período diurno (7:01 a.m. – 9:00 p.m.): Hasta 65 decibeles (dB)
- Período nocturno (9:01 p.m. – 7:00 a.m.): Hasta 55 decibeles (dB), aunque en entornos estrictamente residenciales este límite puede reducirse a 45 dB
Perspectiva práctica de los niveles de ruido
Para comprender mejor estos límites, es útil conocer algunos ejemplos cotidianos:
- Una conversación normal promedia aproximadamente 60 dB
- Una aspiradora en funcionamiento supera fácilmente los 70 dB
- Un equipo de sonido a volumen moderado-alto puede alcanzar más de 80 dB
- Una fiesta con música fuerte puede superar los 90 dB fácilmente
La implementación rigurosa de estas normas busca garantizar la convivencia pacífica en los conjuntos residenciales, protegiendo el derecho al descanso y la tranquilidad de todos los residentes. Las autoridades han enfatizado que no habrá tolerancia para quienes violen estos parámetros, marcando un precedente importante en la gestión de la propiedad horizontal en Colombia.