Caso Dimayor reaviva polémica sobre acuerdos 'no poach' y derechos laborales en Colombia
El reciente caso de la Dimayor ha vuelto a colocar en el centro del debate nacional una práctica empresarial que enfrenta serios cuestionamientos desde la perspectiva de la libre competencia y el derecho laboral. Los denominados acuerdos "no poach", mediante los cuales empresas pactan no reclutar talento entre sí o coordinan condiciones laborales, han sido identificados por expertos como mecanismos que pueden distorsionar significativamente la dinámica del mercado de trabajo colombiano.
Impacto directo en la movilidad laboral
Según un análisis detallado de KPMG Colombia, este tipo de prácticas puede incidir directamente en la movilidad laboral y en la capacidad de negociación de los trabajadores, lo que ha generado un mayor escrutinio institucional y jurídico en el país. En el caso concreto de la Dimayor, se evidenció un acuerdo explícito entre clubes de fútbol para no contratar jugadores desvinculados de otros equipos.
Este comportamiento habría tenido efectos directos sobre:
- El acceso al empleo de los deportistas
- La negociación salarial de los jugadores
- La movilidad laboral dentro del sector futbolístico
El precedente establecido ha dejado una señal clara sobre los límites de este tipo de prácticas en el mercado colombiano, al plantear posibles tensiones con derechos fundamentales y con el orden público laboral establecido en la legislación nacional.
Distorsión del mercado del talento
Expertos en materia laboral advierten que estos acuerdos tienen efectos estructurales profundos sobre el mercado del talento. María Camila Ortiz, gerente del área Laboral de KPMG Colombia, explicó: "Los acuerdos 'no poach' distorsionan el mercado del talento: reducen la movilidad laboral y pueden afectar la libre elección de empleo y la capacidad de negociación de los trabajadores".
Esta advertencia apunta a que estas prácticas no solo inciden en relaciones individuales de trabajo, sino que afectan el funcionamiento general del mercado laboral colombiano. El análisis también resalta la importancia fundamental de la movilidad laboral como un elemento central en mercados eficientes y competitivos.
Enfoque legal y riesgos institucionales
En Colombia, el tratamiento de estos acuerdos se aborda desde un enfoque integrador que combina el derecho laboral y la libre competencia. Ambos campos convergen en la protección de la libertad de trabajo y la movilidad del talento. La interpretación jurídica vigente señala que, si bien pueden existir restricciones durante la vigencia de un contrato laboral, las limitaciones posteriores a la terminación del vínculo laboral se consideran nulas al contradecir principios constitucionales fundamentales.
A nivel institucional, la Superintendencia de Industria y Comercio ha advertido explícitamente que los acuerdos de "no poach" pueden constituir prácticas restrictivas de la competencia. Esto ocurre particularmente cuando afectan la movilidad del talento o distorsionan el funcionamiento normal del mercado laboral. En ese escenario, las empresas pueden enfrentar:
- Investigaciones administrativas detalladas
- Sanciones económicas significativas
- Procesos legales complejos derivados de estas conductas
Recomendaciones y alternativas legales
El informe de KPMG plantea que la gestión adecuada de estos riesgos requiere fortalecer mecanismos de prevención, detección temprana y sanción proporcional. También señala la necesidad de reconocer la movilidad laboral como una condición esencial para el funcionamiento de mercados dinámicos y competitivos.
Cuando existan intereses empresariales legítimos que requieran protección, la recomendación experta es acudir a instrumentos jurídicos específicos como:
- Acuerdos de confidencialidad bien estructurados
- Cláusulas de no solicitación de clientes específicas
- Protección de información comercial sensible
Estas alternativas permiten salvaguardar intereses empresariales legítimos evitando restricciones amplias e injustificadas sobre la contratación de trabajadores, manteniendo así el equilibrio necesario entre protección empresarial y derechos laborales fundamentales.



