El auxilio de transporte en 2026: claridad sobre quiénes mantienen el derecho
En Colombia, el auxilio de transporte representa una prestación mensual fundamental para millones de trabajadores formales, diseñada específicamente para cubrir los gastos de movilización desde sus hogares hasta los lugares de trabajo. Con el reciente aumento del 23% en el salario mínimo para el año 2026, decretado por el Gobierno nacional, han surgido numerosas interrogantes sobre los límites y condiciones para acceder a este beneficio no salarial.
Los límites salariales establecidos por la normativa vigente
De acuerdo con los Decretos 1469 y 1470 de 2025, el salario mínimo para 2026 se fijó en $1.750.905, mientras que el auxilio de transporte alcanza los $249.095, sumando un ingreso total mensual de $2.000.000. La normativa establece que el derecho al subsidio de transporte aplica para aquellos trabajadores cuyos ingresos fijos no superen los $3.501.810, equivalente exactamente a dos Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes (SMMLV).
Es crucial destacar que este beneficio, regulado por la Ley 15 de 1959, se configura como una prestación legal no salarial, cuyo propósito principal no es remunerar el servicio laboral prestado, sino facilitar la movilidad de los empleados. Su valor rige desde el 1 de enero de 2026 y se ajusta anualmente según las decisiones gubernamentales.
Horas extras y recargos: no afectan el derecho al subsidio
Uno de los aspectos más relevantes que ha generado confusión entre empleadores y trabajadores es cómo los pagos variables u ocasionales impactan en el límite salarial para acceder al auxilio de transporte. Según la interpretación legal vigente, las horas extras, los recargos nocturnos, los trabajos dominicales o festivos no se consideran para determinar si se supera el tope de dos SMMLV.
El abogado especialista en derecho laboral, Edwar Loaiza Romero, explica con claridad: "El hecho de que esos pagos hagan que el ingreso mensual supere los dos salarios mínimos, no elimina el derecho al auxilio de transporte". Esta postura se fundamenta en el principio de favorabilidad consagrado en el artículo 21 del Código Sustantivo del Trabajo (CST), que establece que ante dudas en la interpretación de normas laborales, debe prevalecer la opción más favorable para el trabajador.
Protección laboral y responsabilidades empresariales
La normativa laboral colombiana protege expresamente a los trabajadores que perciben ingresos adicionales por conceptos variables, evitando que pierdan el auxilio de transporte como consecuencia de su esfuerzo extra. Aunque la Corte Suprema de Justicia no ha emitido una sentencia exclusiva sobre este punto específico, ha reiterado en múltiples oportunidades la aplicación del principio de favorabilidad.
Para los empleadores, respetar estos criterios no solo constituye un imperativo legal que evita sanciones, sino que también garantiza una remuneración justa y equitativa para sus trabajadores. La doctrina del Ministerio de Trabajo enfatiza la necesidad de claridad en la aplicación de estos topes salariales, asegurando que los beneficios sociales cumplan su propósito original.
La transparencia en la comunicación entre empresas y empleados sobre estos aspectos resulta fundamental, especialmente en un contexto donde el aumento del salario mínimo impacta directamente en la economía de los hogares y en los costos operativos de las organizaciones. Millones de colombianos dependen de este subsidio para su movilidad diaria, haciendo de su correcta aplicación un tema de relevancia nacional.



