El Consejo de Estado cumple su deber constitucional frente al decreto salarial
El Consejo de Estado realizó exactamente lo que la Constitución Política le ordena: revisar si el decreto expedido por el Gobierno Nacional sobre el salario mínimo se ajustaba a lo que la Carta Magna y la ley establecen. No podía hacer menos ni nada distinto, pues de haberlo hecho habría incurrido en prevaricato.
Un fallo estrictamente jurídico, no político
No se trataba de que el alto tribunal realizara evaluaciones económicas, consideraciones políticas o cálculos sobre el impacto electoral de su decisión. En una democracia constitucional como la colombiana, las tareas, derechos y obligaciones de las instituciones y los funcionarios públicos están regladas. Esta es la esencia fundamental del Estado de Derecho.
Las instituciones no pueden actuar según su antojo. Su radio de acción está claramente definido por las normas jurídicas y solo pueden hacer lo que les está expresamente permitido. Por esta razón, el Consejo de Estado falló estrictamente en derecho.
Un decreto caprichoso que violó la ley
Al estudiar detenidamente el decreto gubernamental, el tribunal encontró que el monto del aumento salarial fue caprichoso, no se ciñó a los criterios establecidos en la legislación laboral y violó los precedentes constitucionales existentes.
El Gobierno pretendió reemplazar esos criterios objetivos legales por la idea de un "salario vital" que justificaría su aumento desproporcionado. Sin embargo:
- Ni la Constitución ni la ley hablan específicamente de "salario vital"
- La Constitución menciona una "remuneración mínima vital y móvil", cuyo contenido está pendiente de definición precisa
- El decreto no argumenta por qué la cifra establecida constituiría un "salario vital"
- Tampoco explica por qué en los años anteriores de este gobierno no se utilizó esa pauta
La reacción inapropiada del Gobierno
Si el Gobierno considera que los criterios establecidos en la ley para fijar el salario mínimo son inconstitucionales, debe demandarla ante la Corte Constitucional mediante los mecanismos legales correspondientes. Lo que no puede hacer es saltarse la ley vigente y desconocer la consecuente decisión del Consejo de Estado.
No corresponde al presidente Gustavo Petro determinar qué norma es o no inconstitucional, ni escoger qué sentencia judicial cumple. Esta es una función exclusiva de las altas cortes en nuestro sistema de separación de poderes.
Un fallo que merece apoyo ciudadano
En lugar de alarmarse por la decisión del Consejo de Estado, los colombianos debemos apoyarla. El fallo merece aplauso porque reitera un principio fundamental: ni este gobierno ni futuras administraciones pueden actuar de manera caprichosa o arbitraria, sino dentro del marco jurídico establecido.
La peligrosa reacción presidencial
Por el contrario, sí debe repudiarse la reacción del presidente Petro, quien:
- Irrespeta y sabotea la autoridad del Consejo de Estado
- Sugiere desconocer su sentencia legítima
- Pretende convertir una decisión jurídica en conflicto político
- Amenaza con un "enfrentamiento social"
- Una vez más pone en peligro la división de poderes
- Busca subordinar y someter a los jueces independientes
Cálculos electorales con graves consecuencias
Petro actuó por puro cálculo electoral y conveniencia politiquera. El aumento del salario mínimo se realizó contra la ley y contra todo criterio técnico, con el único propósito de ganar votos en las elecciones. Es tan absurdo que estaba 8 puntos porcentuales por encima del 16% que inicialmente pedían los sindicatos para comenzar a negociar.
Daños económicos irreversibles
Todo este problema fue ocasionado por la decisión unilateral del Gobierno y seguiremos pagando las consecuencias:
- La inflación subió 1,18% en enero, la tasa más alta en 25 años
- Numerosas empresas quebraron ante el aumento desproporcionado de costos laborales
- El desempleo y la informalidad empeoraron significativamente
- Aunque se haya suspendido el decreto, ese daño económico está hecho y no tiene reversa
La decisión del Consejo de Estado representa un triunfo del Estado de Derecho sobre la arbitrariedad gubernamental, recordándonos que en Colombia las instituciones deben funcionar dentro del marco constitucional y legal, no según los caprichos del poder de turno.



