Corte Constitucional amplía licencia remunerada por aborto a todas las personas gestantes
Corte amplía licencia remunerada por aborto a todas las gestantes

Corte Constitucional amplía protección laboral para todas las personas gestantes

En una decisión histórica que marca un avance significativo en los derechos laborales y reproductivos, la Sala Plena de la Corte Constitucional salvó parcialmente el artículo 237 del Código Sustantivo del Trabajo. El alto tribunal reconoció formalmente el derecho al descanso remunerado por aborto para todas las personas gestantes que accedan a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) o que enfrenten abortos espontáneos.

Corrección de una omisión legislativa excluyente

Durante su análisis exhaustivo, el tribunal constitucional identificó una omisión legislativa grave en la norma original. La disposición anterior solo contemplaba este derecho laboral para mujeres cisgénero trabajadoras, dejando por fuera de la protección a otras personas con capacidad de gestar, como hombres trans y personas no binarias.

Según el fundamento jurídico de la Corte, esta exclusión sistemática vulneraba directamente el derecho a la igualdad y desconocía el principio fundamental de que la protección laboral debe estar ligada exclusivamente a la capacidad de gestar, y no al sexo biológico o a la identidad de género de la persona.

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Modificación del lenguaje para inclusión real

Con esta decisión transformadora, la Corte Constitucional ordenó modificar específicamente el parágrafo del artículo 237, incorporando el término "persona gestante" en lugar de referencias exclusivas a "mujeres". Este cambio lingüístico amplía sustancialmente el alcance del beneficio laboral a todas las personas que atraviesen procesos de convalecencia derivados de abortos, sin importar su identidad de género.

"La protección asociada a la gestación no puede depender de categorías excluyentes", señaló enfáticamente el tribunal en su fallo, al recalcar que los derechos laborales deben garantizarse bajo el principio de universalidad y enfoque de género.

Además, la decisión hace un llamado expreso al uso del lenguaje inclusivo en normas y fallos judiciales, reconociéndolo como una herramienta fundamental para evitar exclusiones estructurales y asegurar el acceso real a los derechos ya reconocidos constitucionalmente.

Contexto de avances en derechos reproductivos

Esta decisión se suma a uno de los hitos más importantes en materia de derechos reproductivos en Colombia. En febrero de 2022, la misma Corte Constitucional despenalizó el aborto hasta la semana 24 de gestación, convirtiendo al país en el primero de América Latina en adoptar este modelo progresista.

A cuatro años de ese fallo transformador, datos recopilados por Profamilia y publicados por El Tiempo indican que:

  • El 80% de las personas gestantes accede a la IVE antes de la semana 12 de gestación
  • Hasta febrero de 2025, aproximadamente 150.000 mujeres habían accedido al procedimiento de forma libre, segura y gratuita
  • Este número representa un incremento del 118% en el acceso al procedimiento
  • Solo en 2024 se autorizaron más de 56.000 intervenciones, muchas mediante modalidades innovadoras como la telemedicina

Persisten desafíos en la implementación

Pese a los avances normativos significativos, organizaciones feministas y defensoras de derechos humanos advierten que aún persisten barreras sustanciales para el acceso oportuno al aborto legal. Entre los principales obstáculos identificados se encuentran:

  1. Falta de información adecuada y accesible sobre los derechos reproductivos
  2. Objeciones de conciencia por parte del personal médico en instituciones de salud
  3. Dificultades de acceso en zonas rurales y comunidades marginadas

La Corte Constitucional ha reiterado en múltiples oportunidades que, cuando un profesional de la salud se niegue a practicar el procedimiento por objeciones de conciencia, las instituciones médicas tienen la obligación de garantizar inmediatamente otro médico capacitado que realice la intervención.

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Este llamado de atención también se ha extendido formalmente al Ministerio de Salud, instándolo a implementar estrategias específicas para asegurar el acceso efectivo al derecho en comunidades indígenas, especialmente en casos complejos que involucren a menores de edad o víctimas de violencia sexual.

La decisión de la Corte Constitucional representa un paso fundamental hacia la construcción de un sistema de protección laboral verdaderamente inclusivo, que reconozca la diversidad de experiencias de gestación y garantice derechos sin discriminación por identidad de género.