Corte Constitucional protege a trabajadores en licencia de paternidad contra despidos
Corte protege a padres en licencia contra despidos laborales

Corte Constitucional blindó a trabajadores en licencia de paternidad contra despidos

La Corte Constitucional de Colombia emitió una sentencia histórica que protege a los trabajadores que ejercen su derecho a la licencia de paternidad, estableciendo que no podrán ser despedidos ni desmejorados en sus condiciones laborales durante este periodo.

Protección laboral ampliada para padres trabajadores

Según la sentencia T-259 de 2024, el alto tribunal determinó que la terminación del contrato de trabajo durante el ejercicio de la licencia de paternidad se presume como un acto discriminatorio que penaliza las responsabilidades familiares. Esta protección se extiende incluso cuando la madre y el padre del recién nacido no son pareja, con el objetivo de promover la progenitura responsable.

La normativa aplica para todos los hombres que acrediten que tendrán un hijo o cuya pareja se encuentre en periodo de lactancia. Los empleadores tienen la obligación de respetar estos derechos y mantener las condiciones laborales de los trabajadores durante este tiempo.

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Marco legal que sustenta la protección

Esta decisión se fundamenta en la Ley 2114 de 2021, que amplió la licencia de paternidad y creó la licencia parental compartida. La normativa modificó el Código Sustantivo del Trabajo con el propósito de:

  • Disminuir las tensiones de desigualdad de acceso y oportunidades entre hombres y mujeres
  • Promover la distribución de los cuidados remunerados
  • Equilibrar la labor de cuidado de niños recién nacidos en los hogares
  • Reducir la brecha laboral de género

La Corte precisó que la estabilidad laboral responde al deber constitucional del Estado de proteger a las mujeres embarazadas y lactantes, y que esta protección no puede limitarse solo a quienes tienen una relación laboral vigente.

Ampliación gradual de la licencia de paternidad

Es importante recordar que la licencia de paternidad en Colombia experimentó una ampliación significativa, pasando gradualmente de 2 a 12 semanas. Este cambio busca equiparar las licencias de maternidad y paternidad, reconociendo la importancia de la participación masculina en los cuidados familiares.

El pago de esta licencia está a cargo de la EPS o la entidad que haga sus veces, según lo determine la Ley de Seguridad Social o el Gobierno nacional. Se reconoce tanto por nacimiento como por adopción de hijas e hijos.

Obligaciones de los trabajadores y empleadores

Para ejercer este derecho, el trabajador debe notificar a su empleador sobre el embarazo de su pareja. Una vez iniciada la licencia, la empresa tiene prohibido:

  1. Despedir al trabajador
  2. Cambiarlo de sus funciones sin su consentimiento
  3. Desmejorar sus condiciones laborales
  4. Tomar represalias por el ejercicio de este derecho

Esta sentencia marca un avance significativo en la protección de los derechos laborales en Colombia, especialmente en lo relacionado con la conciliación entre vida familiar y profesional. La Corte Constitucional ha sido clara en establecer que los derechos familiares no pueden ser motivo de discriminación laboral, fortaleciendo así el tejido social y familiar del país.

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