Dotación obligatoria para empleadas domésticas y vigilantes se activa en abril 2026
Con la llegada del cuarto mes del año 2026, miles de empleadores en Colombia deberán cumplir con una de las obligaciones legales más importantes hacia sus colaboradores: la entrega de la dotación laboral. Este beneficio, que debe suministrarse a más tardar el próximo 30 de abril, representa un derecho fundamental para trabajadores en sectores operativos donde el vestuario y calzado son esenciales.
¿Quiénes tienen derecho a la dotación?
Según lo establecido en el Código Sustantivo del Trabajo (artículos 230 al 234), no todos los trabajadores son beneficiarios de esta prestación social. Para acceder a ella, se deben cumplir dos requisitos fundamentales:
- Tope salarial: El empleado debe devengar hasta dos salarios mínimos legales mensuales vigentes.
- Antigüedad: El trabajador debe haber cumplido, como mínimo, tres meses de servicio continuo antes de la fecha de corte establecida.
Entre los principales beneficiarios se encuentran las empleadas del servicio doméstico, vigilantes, mensajeros y operarios, cuya labor diaria requiere indumentaria específica para el desarrollo seguro de sus funciones.
Calendario de entregas para 2026
La ley colombiana estipula que la dotación debe entregarse de manera periódica cada cuatro meses. El calendario legal para este año se distribuye de la siguiente manera:
- Primer periodo: Hasta el 30 de abril
- Segundo periodo: Hasta el 31 de agosto
- Tercer periodo: Hasta el 20 de diciembre
Modalidades de pago y obligaciones
En Colombia, el suministro de calzado y vestido de labor es una prestación social obligatoria que genera frecuentes consultas sobre su forma de pago. Según el Código Sustantivo del Trabajo, esta obligación debe cumplirse exclusivamente:
- En especie: Entregando directamente las prendas
- Mediante bonos: Siempre que tengan destinación específica para dicho fin
La normativa es enfática al prohibir el pago de la dotación en dinero en efectivo, con el objetivo de garantizar que el trabajador cuente con la indumentaria adecuada para sus tareas. Es importante destacar que el trabajador está obligado a utilizar la dotación en sus labores; de lo contrario, el empleador podría quedar eximido de entregar el suministro en el periodo siguiente.
Valor mínimo y consideraciones importantes
Con la llegada de las fechas de corte para la entrega de prestaciones sociales en 2026, surge la pregunta sobre el monto mínimo que se debe destinar para el calzado y vestido de labor. A pesar de que el salario mínimo para este año se fijó en 1'750.905 pesos, lo que obliga a entregar dotación a quienes ganen hasta 3'501.810 pesos (dos salarios mínimos), la ley laboral colombiana no especifica un valor monetario mínimo para estas prendas.
Según el Código Sustantivo del Trabajo, no existe un precio base legal que el empleador deba pagar por el kit. En conclusión, el valor de la dotación es determinado autónomamente por la empresa. No obstante, el empleador tiene la obligación de garantizar que el presupuesto sea suficiente para proporcionar elementos adecuados, apropiados y en buen estado para el desarrollo de las funciones del trabajador.
Esta regulación busca proteger especialmente a trabajadores en condiciones de vulnerabilidad laboral, asegurando que cuenten con equipamiento básico para desempeñar sus funciones con seguridad y dignidad, manteniendo siempre el principio de entrega en especie y no en dinero.



