Reforma laboral de Milei obtiene media sanción en Argentina
El Senado de Argentina otorgó media sanción en la madrugada del jueves a la ambiciosa reforma laboral impulsada por el presidente Javier Milei. La aprobación se produjo tras un extenso debate parlamentario iniciado el miércoles por la tarde, mientras miles de manifestantes se congregaban frente al Congreso en una protesta que derivó en incidentes con las fuerzas de seguridad.
Cambios fundamentales en las relaciones laborales
El proyecto introduce modificaciones profundas en la Ley de Contrato de Trabajo, flexibilizando las condiciones de contratación y transformando sustancialmente el esquema de indemnizaciones por despido.
Remuneraciones y salario dinámico: Los salarios deberán pagarse exclusivamente a través de entidades bancarias, eliminándose la posibilidad de utilizar billeteras virtuales. Se incorpora el concepto de "salario dinámico", que puede establecerse mediante convenios colectivos o incluso por decisión unilateral del empleador, vinculado al mérito personal o productividad del trabajador.
Indemnizaciones por despido: Se reduce la base de cálculo, excluyendo conceptos como vacaciones, aguinaldo, propinas o premios. Se establece un tope salarial que no puede superar tres veces el salario promedio mensual según el convenio colectivo aplicable. Para desalentar litigios, las indemnizaciones se actualizarán por inflación más un 3% anual adicional.
Fondos de Asistencia Laboral: Se crean los FAL, cuentas específicas e inembargables financiadas con aportes patronales del 1% para grandes empresas y 2,5% para pymes. La administración recaerá en la Comisión Nacional de Valores, aunque críticos advierten que esto podría desfinanciar el sistema previsional.
Modificaciones en condiciones laborales
Vacaciones: El período de goce se establece entre el 1º de octubre y el 30 de abril, aunque las partes pueden acordar fechas diferentes. Se permite el fraccionamiento en tramos no inferiores a 7 días.
Jornada laboral: Se amplía la jornada diaria máxima de 8 a 12 horas, respetando 12 horas de descanso. Se habilita el acuerdo voluntario para compensar horas extras mediante bancos de horas o francos compensatorios.
Enfermedades y accidentes: Para casos ajenos al trabajo, el trabajador recibirá el 50% de su salario básico durante 3 meses (6 si tiene personas a cargo) si la incapacidad deriva de actividad voluntaria y consciente, o el 75% en los mismos plazos si no es voluntaria.
Relaciones con sindicatos y derecho de huelga
Se mantiene la alícuota del 6% de aportes patronales a obras sociales y la "cuota sindical" compulsiva, aunque con tope del 2% del salario mensual por dos años. Los empleadores seguirán como agentes de retención de estas cuotas.
Limitaciones a huelgas: Se establecen porcentajes mínimos de funcionamiento: 75% para servicios "esenciales" y 50% para "trascendentales", ampliando el número de actividades alcanzadas. Las asambleas de trabajadores requerirán autorización previa del empleador.
Nuevas categorías laborales y formalización
Trabajadores de plataformas: Se crea la figura de "repartidor independiente" como contrato de servicio independiente, no como relación laboral.
Estatutos profesionales: Se derogan cinco estatutos (periodista, viajante de comercio, peluquero, choferes particulares y operadores de radio/telegrafía) tras seis meses de sancionada la ley.
Incentivos a la formalización: El Programa de Promoción del Empleo Registrado (PER) regulariza relaciones laborales no registradas, extinguiendo sanciones y deudas. Incluye condonación de hasta el 70% de deudas por aportes no pagados a seguridad social.
El Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL) reduce contribuciones patronales al 8% por cada nuevo trabajador contratado durante un año.
Modificaciones en justicia laboral
Se establece que acuerdos homologados entre trabajadores y empleadores tendrán valor de sentencia firme, impidiendo su reapertura judicial. Se imponen topes a honorarios de abogados y peritos, buscando reducir la litigiosidad.
La Justicia Nacional del Trabajo mantendrá vigencia hasta concretar el traspaso de competencias a la Justicia porteña, sin incluir materias laborales de competencia federal.
Aspectos tributarios y de inversión
Tras presión de gobernadores, se eliminó la reducción del impuesto a las ganancias para sociedades. Se exime de IVA a energía eléctrica para riego agroindustrial y se eliminan impuestos internos a productos electrónicos, objetos suntuarios, automotores, celulares, seguros y servicios de comunicación audiovisual.
Se dará de baja en 2028 el fondo que financia actividad cinematográfica, que se nutre de impuestos sobre entradas de cine, venta/alquiler de videogramas y recaudación del Enacom.
Incentivos a medianas empresas: El Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI) ofrece amortización acelerada y devolución anticipada de IVA para inversiones entre US$150.000 y US$9 millones durante dos años.
La reforma avanza en medio de un fuerte rechazo social, con manifestaciones masivas que evidencian la polarización generada por estas transformaciones en el mercado laboral argentino.



