La doctrina Blue Bell-Boeing: El nuevo estándar que las juntas directivas colombianas no pueden ignorar
Doctrina Blue Bell-Boeing: Nuevo estándar para juntas directivas

La doctrina Blue Bell-Boeing: Un nuevo estándar para las juntas directivas colombianas

En noviembre de 2012, Colombia vivió uno de los escándalos financieros más significativos de su historia reciente. Interbolsa, el mayor comisionista de bolsa del país, fue intervenido por la Superintendencia Financiera tras descubrirse que había construido una pirámide de operaciones repo insostenible sobre acciones de Fabricato. Miles de inversionistas perdieron sus ahorros, y una pregunta crucial quedó flotando en el aire: ¿la junta directiva no pudo detectar el riesgo o simplemente no quiso hacerlo?

La evolución jurisprudencial: De la ignorancia a la responsabilidad activa

Esta misma interrogante, formulada en términos jurídicos, fue resuelta por la Corte Suprema de Delaware en 2019 con el emblemático caso Blue Bell Creameries. Tres personas habían fallecido por listeriosis tras consumir helados de esta marca. La investigación reveló que, aunque la empresa conocía desde 2013 los problemas de contaminación en su planta, la junta directiva no contaba con un comité de seguridad alimentaria, no recibía reportes regulares sobre este riesgo crítico y no había establecido protocolos para que la información llegara sin depender exclusivamente de la línea ejecutiva.

La sentencia estableció un precedente transformador: ya no basta con que un miembro de junta demuestre que no sabía. El nuevo estándar exige que la junta directiva haya creado activamente los mecanismos necesarios para enterarse de los riesgos que pueden destruir el negocio. Si el riesgo es fundamental para la misión de la empresa y la junta no construyó un sistema de alerta adecuado, existe una clara falta al deber de cuidado y diligencia.

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El endurecimiento del estándar: El caso Boeing y la información insuficiente

La doctrina se fortaleció aún más con el caso Boeing. En esta situación, sí existía un comité que recibía reportes de seguridad. Sin embargo, estos reportes resultaron ser inadecuados: no capturaban las señales de alerta que los ingenieros internos habían identificado sobre el sistema MCAS. La corte determinó que tener una estructura que recibe información insuficiente tampoco satisface el estándar. No es suficiente con crear el comité; es imperativo asegurar que funcione correctamente y capture todos los riesgos relevantes.

La relevancia para Colombia: Miembro de la OCDE y estándares elevados

Para las juntas directivas colombianas, esta jurisprudencia no es un asunto remoto o teórico. Colombia es miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) desde 2020, y sus Directrices sobre Gobierno Corporativo establecen estándares claros y exigentes: las juntas deben implementar sistemas de gestión de riesgos proporcionales a la naturaleza de sus operaciones. El Código País de la Superintendencia Financiera avanza en la misma dirección, reforzando estos principios fundamentales.

La aplicación práctica varía según el sector:

  • En instituciones bancarias, implica riesgos de crédito y ciberseguridad
  • En empresas del sector energético, abarca seguridad operacional e integridad de activos
  • En compañías constructoras, incluye riesgo geotécnico y estructural

La pregunta crucial ya no es si el estándar aplica a Colombia; la interrogante fundamental es si las juntas directivas nacionales están realmente a la altura de estos requerimientos internacionales.

Lecciones dolorosas: El caso Codelco y las empresas estatales colombianas

El accidente en la estatal chilena Codelco, la mayor productora de cobre del mundo, ilustra con crudeza extrema lo que ocurre cuando las juntas directivas no cumplen con sus deberes de vigilancia. Seis personas perdieron la vida, la empresa ocultó operaciones al regulador durante 31 meses, 37 personas fueron imputadas por la justicia y se proyectaron pérdidas por miles de millones de dólares.

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El análisis reveló deficiencias estructurales alarmantes: en más de 50 años de operaciones, Codelco nunca tuvo más de un ingeniero de minas simultáneamente en su junta directiva. Nunca existió un comité de seguridad de proceso dedicado específicamente a este riesgo crítico. Además, el canal de información fluía a través del mismo ejecutivo que recibía bonos por producción, creando un conflicto de interés evidente.

Este caso plantea preguntas incómodas pero necesarias para el contexto colombiano: ¿cuántas empresas estatales y mixtas colombianas -como Ecopetrol, ISA, EPM, entre otras- tendrían respuestas satisfactorias a estas mismas interrogantes en la actualidad?

El diagnóstico devastadoramente simple para todo miembro de junta

La doctrina Blue Bell-Boeing plantea a cada integrante de juntas directivas un diagnóstico sorprendentemente simple pero profundamente revelador:

  1. ¿Cuál es el riesgo que puede destruir completamente su empresa?
  2. ¿Existe un comité dedicado específicamente a supervisar este riesgo con la periodicidad adecuada?
  3. ¿Ese comité incluye a alguien que entienda técnicamente la naturaleza del riesgo?
  4. ¿La información sobre este riesgo llega a la junta directiva sin ser filtrada o suavizada por ejecutivos que tienen incentivos para minimizar su gravedad?

Si alguna de estas respuestas es negativa, la junta directiva no está cumpliendo adecuadamente su función esencial de vigilancia. En un entorno global donde la responsabilidad personal de los miembros de junta es cada vez más creciente -tanto en Colombia como en el resto del mundo- esta brecha en el gobierno corporativo ya no representa solamente un problema organizacional. Se ha convertido en un riesgo personal significativo para cada integrante de la junta directiva, con potenciales consecuencias legales, reputacionales y financieras de gran magnitud.