Presidente Petro vincula crecimiento financiero a política de tasas del Banco de la República
En el marco de la emergencia económica declarada por la crisis climática y el rebose de embalses, el Gobierno Nacional expidió un paquete de cinco decretos que incluyen medidas fiscales significativas. El presidente Gustavo Petro defendió estas acciones argumentando que buscan recursos de empresas con acumulación rentística no productiva, particularmente en los sectores financiero y extractivo minero-energético.
Críticas al sector financiero y justificación de medidas
El mandatario colombiano fue contundente en sus declaraciones a través de la red social X: "El sector financiero tiene en los últimos años un crecimiento inusitado de ganancias derivado del alza permanente de la tasa de interés real". Petro enfatizó que este crecimiento se ha producido de manera importante en los últimos años, directamente relacionado con las decisiones de política monetaria del Banco de la República.
El jefe de Estado explicó que la estrategia gubernamental está diseñada para minimizar el impacto sobre la producción real de la economía, focalizando la recaudación en aquellos sectores que han experimentado ganancias extraordinarias sin necesariamente traducirlas en mayor productividad o desarrollo económico sostenible.
Detalles del nuevo impuesto al patrimonio
La medida central de este paquete es el establecimiento de un impuesto al patrimonio para personas jurídicas, formalizado mediante el Decreto 0173 de 2026 expedido por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Esta normativa adiciona el numeral 6 al artículo 292-3 del Estatuto Tributario y tendrá vigencia durante el año 2026.
Los aspectos clave de esta disposición incluyen:
- Umbral de aplicación: Patrimonio líquido igual o superior a 200.000 UVT (aproximadamente $10.474 millones) al 1 de marzo de 2026
- Cálculo del patrimonio líquido: Patrimonio bruto total menos deudas vigentes a la misma fecha
- Tarifas diferenciadas: 0,50% para instituciones financieras, aseguradoras y entidades del mercado de valores
- Tarifa especial: 1,6% para empresas dedicadas a extracción de hulla, lignito o petróleo crudo
Alcance y destinatarios de la medida tributaria
El gravamen cobijará específicamente a personas jurídicas y sociedades de hecho que sean contribuyentes del impuesto sobre renta y complementarios. Entre las entidades afectadas por la tarifa del 0,50% se encuentran:
- Instituciones financieras de todo tipo
- Compañías de seguros y reaseguros
- Sociedades comisionistas de bolsa
- Entidades agropecuarias especializadas
- Bolsas de productos agroindustriales
- Proveedores de infraestructura del mercado de valores
Esta medida representa un cambio significativo en la política fiscal colombiana, buscando redistribuir recursos hacia la atención de la emergencia climática mientras se mantiene un equilibrio con la actividad productiva del país. El Gobierno insiste en que la estrategia está cuidadosamente diseñada para afectar principalmente a aquellas empresas con acumulaciones rentísticas consideradas no productivas para el desarrollo económico nacional.



