La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) estableció el calendario para que las personas jurídicas presenten la declaración de renta correspondiente al año gravable 2025, cuyo vencimiento inicia en mayo de 2026. Se espera que más de 1,2 millones de contribuyentes cumplan con esta obligación, con un recaudo proyectado superior a los 27 billones de pesos.
¿Quiénes deben declarar?
Están obligadas a presentar la declaración de renta las personas jurídicas, es decir, entidades creadas por la ley con derechos y obligaciones propios, distintas a los de sus miembros. Esto incluye empresas, sociedades, fundaciones, asociaciones y otras organizaciones que adquieren capacidad jurídica mediante un acto legal. La Dian espera que 1.273.214 personas jurídicas cumplan con esta obligación en todo el país.
Distribución geográfica de contribuyentes
Bogotá concentra el mayor número de contribuyentes, con 470.504 (36,9 % del total). Le siguen Medellín con 176.390 (13,8 %), Cali con 84.396 (6,6 %), Barranquilla con 78.326 (6,1 %) y Cartagena con 49.236 (3,8 %).
Fechas y plazos para la declaración
La presentación de la declaración y el pago de la primera cuota deben realizarse entre el 12 y el 26 de mayo de 2026, según el último dígito del Número de Identificación Tributaria (NIT). El cronograma es el siguiente:
Primera cuota (mayo)
- 12 de mayo: dígito 1
- 13 de mayo: dígito 2
- 14 de mayo: dígito 3
- 15 de mayo: dígito 4
- 19 de mayo: dígito 5
- 20 de mayo: dígito 6
- 21 de mayo: dígito 7
- 22 de mayo: dígito 8
- 25 de mayo: dígito 9
- 26 de mayo: dígito 0
Segunda cuota (julio)
- 9 de julio: dígito 1
- 10 de julio: dígito 2
- 13 de julio: dígito 3
- 14 de julio: dígito 4
- 15 de julio: dígito 5
- 16 de julio: dígito 6
- 17 de julio: dígito 7
- 21 de julio: dígito 8
- 22 de julio: dígito 9
- 23 de julio: dígito 0
Opciones de pago
Si el valor de la declaración es inferior a 41 UVT ($2.147.334), el pago debe realizarse en una sola cuota. Si supera ese monto, el contribuyente puede dividir el pago en dos cuotas: la primera en mayo y la segunda entre el 9 y el 23 de julio de 2026.
Canales de atención
La Dian habilitó la línea telefónica 601 489 9000, disponible de lunes a viernes de 8:00 a. m. a 7:00 p. m., y los sábados de 8:00 a. m. a 12:00 m. También se pueden realizar consultas de forma presencial en los puntos de atención en todo el país. Se recomienda a los contribuyentes revisar el estado de su obligación y evitar sanciones por incumplimiento.



