DNP insta a revisar cobros excesivos de predial y exige a alcaldías corregir liquidaciones ilegales
DNP pide revisar cobros excesivos de predial y exige correcciones

DNP exige a alcaldías corregir liquidaciones de predial que superen límites legales

El Departamento Nacional de Planeación (DNP) ha emitido un llamado urgente a los ciudadanos colombianos que consideren excesivos los aumentos en el impuesto predial para que soliciten formalmente la revisión del cálculo de liquidación ante sus respectivas alcaldías municipales. Esta solicitud se realiza en medio de las mesas de diálogo institucional convocadas para abordar las preocupaciones ciudadanas relacionadas con los avalúos catastrales y los impuestos territoriales.

Exhortación gubernamental al cumplimiento estricto de la ley

A través de un comunicado oficial, la entidad gubernamental señaló que el Gobierno Nacional está exhortando activamente a las administraciones municipales para que cumplan con la legislación de manera rigurosa y corrijan inmediatamente cualquier cobro que supere los topes legales permitidos. Estos espacios de articulación institucional buscan brindar atención directa a la ciudadanía y garantizar que ningún colombiano enfrente cargas tributarias desproporcionadas o contrarias a la normativa vigente.

El DNP explicó detalladamente la distinción fundamental entre el valor catastral y el impuesto predial. Mientras el avalúo corresponde a la valoración técnica del predio realizada por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi o los gestores catastrales autorizados, el impuesto resulta de aplicar la tarifa definida por el concejo municipal sobre ese avalúo específico.

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Protección legal contra incrementos desmedidos

En este contexto, el DNP insistió en que la actualización del avalúo catastral no significa automáticamente un aumento descontrolado del predial, pues la legislación colombiana protege expresamente a los propietarios frente a incrementos exagerados. La entidad recordó que tanto la Ley 44 de 1990 como la Ley 1955 de 2019 establecen límites claros:

  • El impuesto predial no puede aumentar más del 50% con respecto al año anterior en predios menores de 100 hectáreas.
  • En predios de mayor extensión, el incremento máximo permitido es del 100% anual.

Por esta razón, el DNP señaló enfáticamente que si un ciudadano identifica que el cobro supera estos límites establecidos, no debe asumirlo como definitivo, sino que debe solicitar la revisión inmediata ante su alcaldía correspondiente. La entidad agregó que el Gobierno Nacional mantiene un seguimiento constante al cumplimiento de estas disposiciones en todos los municipios del territorio colombiano.

Importancia del catastro multipropósito y trabajo articulado

El DNP también defendió la relevancia del catastro multipropósito como herramienta fundamental para la planificación territorial. Esta metodología permite identificar con precisión quién posee qué propiedades, dónde están ubicadas y para qué fines se utilizan, contribuyendo así a una mejor planificación del territorio y una gestión más eficiente tanto de áreas rurales como urbanas.

Finalmente, el Departamento Nacional de Planeación aseguró que continuará trabajando de manera articulada y coordinada con diversas entidades del Gobierno, autoridades territoriales y la ciudadanía en general para promover soluciones efectivas y una implementación equilibrada de esta política pública. Este compromiso busca asegurar que los procesos de actualización catastral y cobro de impuestos prediales se realicen con total transparencia y respeto a los derechos de los contribuyentes.

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