Gobierno Nacional implementa medidas tributarias para enfrentar emergencia climática
En respuesta a la crisis climática que afecta al territorio colombiano, el Ministerio de Hacienda, bajo el liderazgo del ministro Germán Ávila, ha decretado un paquete de medidas tributarias destinadas a financiar el Presupuesto General de la Nación y atender los daños ambientales. Estas disposiciones, anunciadas el viernes 13 de marzo de 2026, buscan generar recursos extraordinarios mediante la ampliación de la base gravable y la optimización del recaudo fiscal.
Impuesto del 16% a juegos de azar en línea
Entre las medidas más destacadas se encuentra la creación de un impuesto nacional al consumo del 16% aplicable exclusivamente a los juegos de suerte y azar operados por internet. Este gravamen se calculará sobre los depósitos realizados por los usuarios para apostar en plataformas digitales, incluyendo pagos en efectivo, transferencias bancarias y criptoactivos. La base gravable corresponderá al ingreso bruto del juego, determinado por el total de apuestas menos los premios pagados en cada período.
El decreto justifica esta medida señalando que el sector de apuestas online ha experimentado un crecimiento sostenido en los últimos años, y la ausencia de un tributo permanente generaba un tratamiento preferencial frente a los establecimientos físicos de juego. Esta regulación busca equiparar las condiciones fiscales entre ambos modelos de negocio.
Ajustes al impuesto al patrimonio para empresas extranjeras
Otra modificación significativa afecta al impuesto al patrimonio para empresas extranjeras con presencia en Colombia. Las sucursales y establecimientos permanentes de sociedades del exterior deberán pagar este gravamen cuando posean un patrimonio líquido igual o superior a 200.000 UVT al 31 de marzo de 2026. La base gravable se calculará sobre el patrimonio líquido atribuible a sus operaciones en el país.
Las empresas obligadas deberán presentar la declaración correspondiente el 30 de abril, fecha en la que se cancelará el 50% del valor adeudado. El restante 50% deberá pagarse antes del 1 de junio, estableciendo un calendario de pagos que facilita la planificación financiera de las multinacionales.
Impuesto de normalización tributaria temporal
El decreto también contempla la creación de un impuesto de normalización tributaria del 19% de carácter temporal, dirigido a activos omitidos, subvalorados o pasivos inexistentes. Este mecanismo busca permitir la regularización de patrimonios que no han sido declarados correctamente ante la administración tributaria, ampliando así la base gravable del sistema fiscal.
Según el documento gubernamental, este impuesto tiene como objetivos principales:
- Reducir la opacidad en la información tributaria
- Generar un recaudo extraordinario en el corto plazo
- Contribuir a atender las necesidades económicas derivadas de la emergencia climática
Conciliación en procesos contencioso-administrativos
Para facilitar el cierre de litigios entre contribuyentes y la administración tributaria, el decreto incluye medidas específicas para la conciliación en procesos contencioso-administrativos en materia tributaria, aduanera y cambiaria. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) queda autorizada para adelantar estos mecanismos de conciliación como parte de las acciones para mejorar el recaudo y reducir el número de procesos judiciales pendientes.
Estas conciliaciones permitirán que los contribuyentes con procesos en curso puedan resolver sus obligaciones mediante acuerdos con la administración, facilitando el pago de deudas y evitando la prolongación de litigios en los tribunales. Esta medida busca generar ingresos para el Estado de forma más ágil y eficiente, contribuyendo así a la atención de la emergencia climática.
El conjunto de estas medidas tributarias representa un esfuerzo del Gobierno Nacional por movilizar recursos financieros adicionales para enfrentar los desafíos ambientales y económicos que plantea la crisis climática en Colombia, al tiempo que fortalece la estructura fiscal del país mediante la ampliación de la base gravable y la optimización de los mecanismos de recaudo.



