Corte Suprema define: 72.600 pensionados en retiro programado no tendrán aumento en 2026
72.600 pensionados no tendrán aumento en 2026 según Corte Suprema

Corte Suprema define: 72.600 pensionados en retiro programado no tendrán aumento en 2026

La Corte Suprema de Justicia estableció una importante precisión sobre los derechos de los pensionados colombianos: el reajuste anual de las mesadas conforme al Índice de Precios al Consumidor (IPC) no constituye un derecho absoluto para quienes han optado por la modalidad de retiro programado en fondos privados (AFP).

Modalidad variable sin garantías automáticas

La sentencia del alto tribunal aclara que, a diferencia del Régimen de Prima Media administrado por Colpensiones o la modalidad de Renta Vitalicia, el retiro programado depende estrictamente de dos factores fundamentales:

  • El saldo acumulado en la Cuenta de Ahorro Individual (CAI)
  • Los rendimientos financieros que esta cuenta genere

"El retiro programado es, por esencia, una modalidad variable", explicó la Corte Suprema. En este esquema, el afiliado mantiene la propiedad de sus ahorros pero asume completamente el riesgo de mercado. Por lo tanto, el incremento anual de la mesada está supeditado a que el capital existente sea suficiente para financiar la pensión proyectada según la expectativa de vida del beneficiario.

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Los 72.600 pensionados afectados

Principalmente, los afectados por esta decisión son 72.600 pensionados vinculados a fondos privados bajo la modalidad de Retiro Programado. Este grupo representa una porción significativa del sistema pensional privado que no tendrá garantizado el reajuste automático por inflación durante el año 2026.

La Corte Suprema fue enfática al señalar que en el Retiro Programado el derecho al aumento no es absoluto, sino que está condicionado por la realidad financiera de la cuenta individual del ahorrador. Esta determinación marca un precedente importante para la interpretación de los derechos pensionales en Colombia.

Razones fundamentales para la congelación de mesadas

La sentencia detalla dos razones principales por las cuales los pensionados en retiro programado podrían no recibir aumento:

  1. Saldo insuficiente en la cuenta individual: En esta modalidad, la pensión se paga exclusivamente con los ahorros que el trabajador acumuló durante su vida laboral. Si el saldo restante es bajo, el fondo congela el valor de la mesada para evitar que el dinero se agote antes de lo previsto por la expectativa de vida del pensionado.
  2. Baja rentabilidad de las inversiones: El dinero de los pensionados en fondos privados continúa siendo invertido incluso durante la etapa de jubilación. Si los rendimientos financieros del año anterior no fueron lo suficientemente altos para cubrir el costo del aumento por IPC, la administradora (AFP) prioriza mantener el capital base sobre el incremento de la mesada.

Impacto del aumento del salario mínimo 2026

Este año se presenta un fenómeno particular que agrava la situación: el fuerte aumento del salario mínimo para 2026 elevó significativamente el "capital mínimo" que exige la legislación colombiana para sostener una pensión. Este incremento en los requisitos de capital afecta directamente la capacidad de los fondos privados para otorgar aumentos a los pensionados en retiro programado.

La decisión de la Corte Suprema establece claramente las diferencias entre las modalidades pensionales disponibles en Colombia y refuerza la importancia de comprender las implicaciones de cada opción al momento de planificar la jubilación.

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