Gobierno limita inversiones de fondos de pensiones en el exterior al 30% mediante decreto
Gobierno limita inversiones de pensiones en exterior al 30%

Gobierno establece límite del 30% para inversiones de fondos de pensiones en el extranjero

El Gobierno Nacional ha expedido el Decreto 0369 del 7 de abril de 2026, mediante el cual establece una restricción significativa a las inversiones que realizan los fondos de pensiones en mercados internacionales. Esta medida representa un cambio sustancial en la política de inversión del sistema pensional colombiano.

Reducción gradual de las inversiones en el exterior

Actualmente, las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) no tenían límites específicos para invertir en el extranjero, lo que permitía que entre el 48% y el 50% de su portafolio total estuviera destinado a activos internacionales. Con el nuevo decreto, este porcentaje se reducirá progresivamente hasta alcanzar un límite global del 30% en un plazo máximo de cinco años.

El artículo 2.6.12.1.2 del decreto establece claramente: "La totalidad de las inversiones realizadas por cada Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantías (AFP) por cuenta de los cuatro tipos de fondos de pensiones obligatorias del régimen de ahorro individual con solidaridad [...] estarán sujetas a un límite global de inversión del treinta por ciento (30%) de la suma del valor total de dichos fondos".

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Impacto en los diferentes tipos de fondos

La nueva regulación afectará a los cuatro tipos principales de fondos de pensiones obligatorias:

  • Fondo conservador
  • Fondo moderado
  • Fondo de mayor riesgo
  • Fondo especial de retiro programado

Cada uno de estos fondos deberá ajustar sus estrategias de inversión para cumplir con los nuevos límites establecidos, manteniendo al mismo tiempo los principios fundamentales de seguridad, rentabilidad y liquidez del ahorro individual de los colombianos.

Objetivos de la medida gubernamental

Esta decisión del Gobierno busca varios objetivos estratégicos:

  1. Mayor control sobre las inversiones pensionales: Al limitar la exposición internacional, se busca tener un mayor seguimiento y supervisión sobre los recursos de los pensionados.
  2. Fortalecimiento del mercado interno: Se espera que una parte significativa de los recursos que antes se destinaban al exterior ahora se inviertan en la economía colombiana.
  3. Protección del ahorro pensional: La medida pretende reducir la vulnerabilidad de los fondos de pensiones ante fluctuaciones y crisis en mercados internacionales.
  4. Transición ordenada: El plazo de cinco años para implementar completamente la medida permite a las AFP realizar ajustes progresivos sin afectar abruptamente sus portafolios actuales.

Esta regulación se enmarca en un contexto de revisión de las políticas de inversión del sistema pensional colombiano, donde se busca equilibrar la diversificación internacional con el fortalecimiento de la inversión doméstica.

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