La reducción gradual de la jornada laboral en Colombia hacia un tope máximo de 42 horas semanales continúa en 2026, generando dudas entre empleadores y trabajadores sobre las garantías mínimas que permanecen vigentes bajo el Código Sustantivo del Trabajo. Las autoridades han aclarado que la disminución del tiempo laboral no afecta el derecho fundamental al descanso obligatorio.
Descanso semanal obligatorio se mantiene
La normativa establece que la nueva distribución horaria debe respetar el día de reposo semanal, que generalmente corresponde al domingo. Las 42 horas semanales autorizadas deben distribuirse en un máximo de seis días a la semana, sin que las empresas puedan extender las jornadas diarias de forma desmedida bajo el pretexto de concentrar el trabajo en menos días.
Fin del Día de la Familia
La reducción de la jornada también implica la eliminación de ciertos beneficios, como el denominado "Día de la Familia", que permitía a los trabajadores disfrutar de una jornada libre cada semestre. Una vez que una empresa implemente completamente la jornada de 42 horas, cesa su obligación de conceder este beneficio. La fecha límite para solicitar el último Día de la Familia es el 16 de julio para aquellas organizaciones que no hayan anticipado el modelo completo.
Así, el panorama laboral colombiano busca equilibrar una semana laboral más corta con la simplificación de prebendas, manteniendo intacto el derecho irrenunciable al descanso mínimo semanal.



