El pico y placa en Cartagena es una medida implementada para mejorar la fluidez del tráfico y disminuir la congestión en las principales vías de la ciudad. Dependiendo del último dígito de la placa de tu vehículo, podrías tener restricciones para circular cada día. A continuación, te presentamos los detalles para el 19 de mayo de 2026, incluyendo los dígitos afectados, los horarios de restricción y las excepciones que debes tener en cuenta.
Pico y placa para vehículos particulares el 19 de mayo de 2026
Los vehículos particulares cuyas placas terminen en los dígitos 9 y 0 tendrán restricciones para circular en Cartagena. El horario de restricción es de 7:00 a.m. a 9:00 a.m. y de 6:00 p.m. a 8:00 p.m.
Pico y placa para motocicletas el 19 de mayo de 2026
Las motocicletas con placas terminadas en 9 y 0 no podrán circular desde las 5:00 a.m. hasta las 11:00 p.m., excepto aquellas que cuenten con un permiso especial.
Pico y placa para taxis el 19 de mayo de 2026
Para los taxis, los dígitos restringidos son 5 y 6, y la restricción aplica desde las 6:00 a.m. de ese día hasta las 6:00 a.m. del día siguiente.
Es importante recordar que el pico y placa aplica en todas las vías de la ciudad de Cartagena.
Excepciones al pico y placa en Cartagena
Existen varios tipos de vehículos que están exentos de esta restricción. Entre ellos se incluyen:
- Vehículos con Permiso Especial de Acceso a Zona de Restricción Vehicular vigente.
- Vehículos eléctricos o de cero emisiones contaminantes, siempre que conste en la licencia de tránsito.
- Caravanas presidenciales y vehículos de seguridad de la Presidencia.
- Vehículos del servicio diplomático o consular.
- Vehículos de organismos de seguridad del Estado (Fuerzas Militares, Policía Nacional, Inpec, CTI, etc.).
- Vehículos asignados al gobernador de Bolívar y al alcalde de Cartagena.
- Vehículos de uso exclusivo de alcaldes locales, secretarios, directores y gerentes de entidades distritales y departamentales.
- Vehículos de autoridades judiciales (jueces y magistrados con jurisdicción en la ciudad).
- Vehículos de senadores y representantes a la Cámara.
- Vehículos de concejales del Distrito, diputados y miembros de JAL.
- Vehículos de organismos de control (Procuraduría, Contraloría, Defensoría, Personería).
- Vehículos de inspectores de Policía y comisarios de familia.
- Vehículos fúnebres.
- Vehículos de emergencia debidamente identificados (ambulancias, bomberos, etc.).
- Vehículos de atención médica domiciliaria y toma de muestras.
- Vehículos para rescate de órganos y tejidos.
- Vehículos de personas con discapacidad permanente.
- Vehículos de empresas de servicios públicos para mantenimiento de redes.
- Vehículos de control de tráfico y grúas.
- Vehículos de transporte de residuos hospitalarios.
- Vehículos de control de emisiones de entidades ambientales.
- Vehículos blindados registrados y autorizados.
- Vehículos de seguridad privada con personal armado.
- Vehículos de medios de comunicación.
- Vehículos de empresas turísticas.
- Vehículos escolares de instituciones educativas del Distrito.
- Vehículos de médicos en ejercicio.
- Vehículos de distribución de medicamentos, alimentos y perecederos.
- Vehículos de transporte de valores.
- Vehículos de escuelas de conducción.
- Otros casos autorizados temporalmente por el DATT.
Sanciones por incumplir el pico y placa
No respetar la restricción puede acarrear multas de 15 salarios mínimos legales diarios vigentes y, en algunos casos, la inmovilización del vehículo.
Consejos para evitar sanciones
Para evitar multas y contribuir a una mejor movilidad, se recomienda:
- Planificar la ruta con antelación.
- Utilizar transporte alternativo o compartir el vehículo si está restringido.
- Mantenerse informado diariamente sobre el pico y placa en Cartagena.



