Fallo judicial ratifica decisión de la ANI sobre Ferrocarriles del Pacífico
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca (TAC) ha confirmado definitivamente la decisión de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) de declarar la caducidad del contrato de concesión de Ferrocarriles del Pacífico (FDP), poniendo fin a un prolongado proceso legal que se extendió durante seis años. Además, el tribunal ha ratificado la obligación del concesionario de pagar una sanción económica de 97.969 millones de pesos a la ANI, como compensación por los perjuicios causados debido a sus incumplimientos.
Detalles del fallo judicial
Tras agotar todas las etapas procesales del caso, el Alto Tribunal negó las pretensiones presentadas por FDP y validó completamente la actuación de la ANI en el desarrollo del procedimiento administrativo sancionatorio. En su decisión, el TAC estableció tres puntos fundamentales:
- Confirmó la competencia de la ANI para declarar la caducidad del contrato de concesión ante los incumplimientos contractuales de FDP.
- Concluyó que la entidad garantizó a la empresa sus derechos constitucionales al debido proceso durante toda la actuación administrativa.
- Ratificó que la ANI realizó un estudio adecuado y exhaustivo de los riesgos asociados al caso.
Óscar Torres Yarzagaray, presidente de la ANI, destacó que "se confirmó la competencia de la entidad para declarar la caducidad del contrato de concesión ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales por parte de FDP".
Los incumplimientos que llevaron a la caducidad
Ferrocarriles del Pacífico tenía compromisos contractuales específicos relacionados con:
- La prestación del servicio de transporte de carga.
- El mantenimiento y conservación de la infraestructura entregada en concesión.
- El mantenimiento de los equipos férreos.
Ante los reiterados incumplimientos en estas áreas, la ANI expidió la Resolución 1685 el 12 de noviembre de 2019, mediante la cual declaró la caducidad del contrato de concesión número 09-CONP98. En esa misma resolución, impuso a FDP la obligación de pagar a la ANI la suma de 97.969.201.936 de pesos como compensación por los perjuicios causados.
Proceso legal posterior
Esta decisión fue confirmada posteriormente por la Resolución 20207070005965 del 15 de mayo de 2020. Como respuesta, FDP interpuso una demanda contra la ANI en ejercicio del medio de control de controversia contractual y reparación directa, buscando:
- La nulidad de las resoluciones mencionadas.
- El restablecimiento del derecho contractual.
- La reparación del daño, con indemnización por los perjuicios ocasionados a FDP derivados de la materialización de los efectos de los actos demandados.
Sin embargo, luego de realizar un estudio profundo del caso, el pasado 28 de enero de 2026, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, con ponencia del magistrado Juan Carlos Garzón Martínez, decidió negar todas las pretensiones de FDP y validar la actuación de la ANI en el desarrollo del proceso administrativo.
Contexto operativo del corredor
Es importante destacar que, según datos operativos, en 2023 el corredor Bogotá-Belencito, que formaba parte de esta concesión, movilizó 23.298 toneladas de carga y transportó a 424.016 pasajeros, cifras que evidencian la importancia estratégica de esta infraestructura para el transporte nacional.



