Normativa sobre visores oscuros en cascos de motociclistas: lo que debe saber para 2026
Una de las consultas más frecuentes entre los conductores de motocicletas en Colombia gira en torno a un elemento que, aunque aparentemente secundario, tiene implicaciones directas en la seguridad vial y en el bolsillo: el uso de visores oscuros en los cascos de protección. Para el año 2026, esta práctica continúa regulada por disposiciones específicas que buscan equilibrar la comodidad del usuario con la prevención de accidentes.
Base legal y condiciones de uso
La legalidad del empleo de visores polarizados, oscurecidos o con efecto espejo en el territorio nacional se rige principalmente por la Resolución 23385 de 2020, emitida por el Ministerio de Transporte. Este documento establece las condiciones mínimas de seguridad para cascos y accesorios, con el objetivo claro de reducir la mortalidad en las vías del país.
Es crucial comprender que la normativa no prohíbe de manera absoluta estos visores, pero sí impone restricciones basadas en las condiciones de visibilidad ambiental. Su utilización inadecuada bajo ciertas circunstancias sí constituye una infracción sancionable.
Reglas específicas para evitar multas
Para circular de forma legal y segura, los motociclistas deben atenerse a las siguientes directrices:
- Uso diurno permitido: Durante el día y con suficiente luz natural, el visor oscuro es legal. Su función es reducir el deslumbramiento solar y la fatiga visual del conductor, sin que exista una restricción horaria específica en este periodo.
- Prohibición nocturna estricta: Resulta ilegal y motivo de sanción conducir con el visor oscuro entre las 6:00 p.m. y las 6:00 a.m., o cuando condiciones climáticas adversas como niebla intensa o lluvia torrencial reduzcan significativamente la visibilidad. En estas situaciones, el visor debe ser completamente transparente.
- Certificación e integridad: El visor, independientemente de su tonalidad, debe permitir una visión clara, carecer de rayones o deformaciones que distorsionen la imagen, y estar diseñado específicamente para el modelo del casco. Los accesorios no homologados pueden desprenderse en caso de impacto.
Sanciones por incumplimiento
Violar estas normas se tipifica como la infracción C.24 del Código Nacional de Tránsito. Las consecuencias son considerables:
- Multa económica equivalente a aproximadamente 15 salarios mínimos diarios legales vigentes.
- Posible inmovilización inmediata de la motocicleta.
Recomendaciones para la compra de un casco seguro
Adquirir un casco va más allá de la estética; es una decisión vital. Un casco de calidad actúa como barrera principal contra traumatismos craneoencefálicos. Al elegirlo, verifique:
- Certificaciones de seguridad: Asegúrese de que cumpla con la norma europea ECE 22.06 (la más exigente) o la estadounidense DOT. La resolución 23385 exige una etiqueta legible con estas homologaciones.
- Tipo y ajuste: Priorice cascos integrales (de una pieza) que protejan mandíbula y rostro. La talla debe ser precisa: ni suelta ni excesivamente apretada, sin movimiento al sacudir la cabeza.
- Vigencia y estado: Los materiales internos se degradan. Evite cascos con más de cinco años desde su fabricación o que hayan sufrido impactos previos.
- Visibilidad y ventilación: El visor debe ser resistente a rayones y ofrecer amplio campo visual. Un buen sistema de ventilación previene el empañamiento, crucial en climas cálidos.
Para detalles técnicos adicionales, puede consultar los portales oficiales de la Agencia Nacional de Seguridad Vial o del Ministerio de Transporte, donde se actualiza la información normativa pertinente. La conciencia y el cumplimiento de estas reglas no solo evitan costosas multas, sino que son fundamentales para proteger la vida en las carreteras colombianas.



