La Procuraduría General de la Nación otorgó un respaldo parcial a la declaratoria de emergencia económica, social y ecológica emitida por el Gobierno de Gustavo Petro tras la ola invernal de comienzos de 2026. Sin embargo, el organismo de control solicitó a la Corte Constitucional que declare inexequibles algunos apartes relacionados con el mercado de energía y el acceso a la tierra.
Contexto de la emergencia
El concepto fue remitido a la Corte Constitucional, que actualmente estudia la validez del Decreto Legislativo 150 de 2026, firmado el 11 de febrero por el presidente Gustavo Petro y su gabinete. La norma declaró la emergencia en ocho departamentos: Córdoba, Antioquia, La Guajira, Sucre, Bolívar, Cesar, Magdalena y Chocó, por un período de 30 días calendario. Según el decreto, esta figura permite al Gobierno expedir medidas con fuerza de ley, siempre que estén orientadas a conjurar la crisis y evitar la propagación de sus efectos.
Aval parcial de la Procuraduría
El procurador general, Gregorio Eljach, consideró que las lluvias excepcionales y las inundaciones registradas entre enero y febrero constituyeron hechos graves e inminentes para los territorios incluidos en la declaratoria. De acuerdo con el concepto conocido por Blu Radio, para el Ministerio Público estos eventos sí justificaban el uso de facultades excepcionales por parte del Ejecutivo. El documento también señala que el Gobierno acreditó haber informado sobre la declaratoria a la Organización de Estados Americanos y a la Organización de Naciones Unidas, un requisito exigido por la jurisprudencia constitucional para los estados de excepción.
Puntos cuestionados
El respaldo no fue total. La Procuraduría pidió a la Corte declarar inexequibles los apartes relacionados con las afectaciones al Mercado de Energía Mayorista y con las problemáticas estructurales del sistema eléctrico y del acceso a la tierra. En el caso de tierras, el Ministerio Público sostuvo que el Gobierno no demostró de qué manera los problemas históricos de tenencia requerían una respuesta inmediata para atender la emergencia climática. También cuestionó que no se hubieran identificado ni caracterizado los predios ocupados ilegalmente que habrían incidido en el desastre natural.
La discusión es relevante porque la Corte no solo revisa si hubo una calamidad, sino si cada argumento usado por el Gobierno tiene una relación directa con esa crisis. El decreto oficial reportó 65 emergencias, 61 municipios afectados, más de 252.000 personas impactadas, 10 fallecidos, daños en viviendas, vías, puentes, acueductos, centros educativos y centros de salud.
Próximos pasos en la Corte
El expediente está en el despacho del magistrado Miguel Efraín Polo, quien deberá elaborar una ponencia para que sea debatida por la Sala Plena de la Corte Constitucional. Mientras tanto, el tribunal ya ha tomado decisiones sobre decretos derivados de esta emergencia, como la suspensión provisional de parte del impuesto al patrimonio para entidades sin ánimo de lucro del régimen especial y empresas en liquidación. La decisión final de la Corte definirá si la emergencia se mantiene en los términos planteados por el Gobierno o si algunos de sus fundamentos quedan por fuera del marco constitucional.



