Corte Suprema confirma condena a exdirectora del IDU por carrusel de contratación
Condena confirmada a exdirectora del IDU por corrupción

Corte Suprema ratifica condena contra exdirectora del IDU por corrupción en contratación

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó parcialmente la condena impuesta a la exdirectora del Instituto de Desarrollo Urbano de Bogotá, Liliana Pardo Gaona, por su participación en el conocido caso del carrusel de la contratación. El alto tribunal mantuvo su responsabilidad en el delito de cohecho propio, relacionado con la adjudicación irregular de obras públicas.

Confirmación de responsabilidad en contratos de valorización

Según la decisión judicial, que tuvo como ponente al magistrado Jorge Hernán Díaz Soto, se probó que Pardo Gaona "habría pactado recibir comisiones por la entrega de contratos de obra" en el marco de los contratos de valorización establecidos en el Acuerdo 180 de 2005. La Corte determinó que la exfuncionaria aceptó solicitudes de ayuda para la adjudicación ilegal de estos contratos, realizadas por Héctor Julio Gómez y otros implicados, a cambio de compromisos económicos.

"El caudal probatorio valorado por las instancias advierte probada la hipótesis acusatoria", señaló la Corte Suprema en su sentencia, destacando que las evidencias demostraron un plan criminal para manipular la contratación del IDU.

Absolución en licitación de 2008 por falta de pruebas

Sin embargo, el alto tribunal absolvió a Pardo Gaona de responsabilidad en las irregularidades registradas en una licitación específica del año 2008. La Sala Penal consideró que el Tribunal Superior de Bogotá "no valoró adecuadamente" las declaraciones de testigos clave como Mauricio Galofre, Héctor Julio Gómez y Emilio Tapia, quienes describieron el papel protagónico del también exfuncionario del IDU, Inocencio Meléndez Julio.

Según la mayoría de testigos en el proceso, Meléndez era la "persona al mando" en ese entramado corrupto particular, y no existía prueba suficiente para condenar a Pardo Gaona en ese caso específico. La decisión judicial señaló que, de haberse apreciado integralmente estos testimonios, se hubiera considerado plausible la hipótesis defensiva sobre el actuar autónomo de Meléndez.

Condena definitiva y sanciones adicionales

La condena finalmente quedó fijada en:

  • Nueve años de prisión
  • Multa equivalente a 99 salarios mínimos legales vigentes
  • Inhabilitación por el mismo tiempo para el ejercicio de derechos y funciones públicas

La Corte Suprema precisó que Pardo Gaona debe declararse responsable como autora, no como coautora, del delito de cohecho propio. Esta distinción jurídica resulta relevante para determinar el grado de participación en los hechos delictivos.

Impacto del fallo en la lucha contra la corrupción

Este caso representa un hito significativo en la judicialización de los escándalos de corrupción que han afectado a entidades públicas colombianas. El carrusel de la contratación del IDU se convirtió en símbolo de las prácticas corruptas en la adjudicación de obras públicas, y la confirmación de esta condena por parte de la máxima instancia penal del país refuerza el mensaje de que estos delitos no quedarán impunes.

La sentencia destaca cómo las pruebas presentadas durante el proceso "dieron cuenta de un plan criminal en torno a la manipulación de la contratación del IDU", situación que fue reconocida tanto por las instancias judiciales como por la misma defensa de la acusada.