Corte IDH responsabiliza al Estado colombiano por asesinato de líder social Jesús Ramiro Zapata
Corte IDH responsabiliza a Colombia por muerte de líder social

Corte IDH responsabiliza al Estado colombiano por asesinato de líder social

En un fallo histórico, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) declaró este lunes 23 de febrero al Estado colombiano responsable por la muerte de Jesús Ramiro Zapata, docente, sindicalista y defensor de derechos humanos asesinado el 3 de mayo de 2000 en Segovia, Antioquia.

Un caso de persecución sistemática

El juez Rodrigo Mudrovitsch, presidente de la Corte IDH, notificó que el tribunal determinó que el asesinato de Zapata ocurrió luego de que el docente fuera víctima de una serie de actos de acoso, hostigamientos y criminalización por su labor como defensor de derechos humanos. Jesús Ramiro había denunciado en múltiples oportunidades el vínculo entre el Ejército Nacional y grupos armados en las masacres de Segovia de 1988 y 1996, lo que desencadenó una campaña de persecución en su contra.

Según la sentencia, el líder social recibió amenazas constantes, fue objeto de allanamientos a su vivienda y enfrentó señalamientos públicos que lo vinculaban con el Ejército de Liberación Nacional (ELN). Esta situación dio lugar a la apertura de cinco investigaciones en su contra, creando un clima de hostigamiento judicial que vulneró sus derechos fundamentales.

Responsabilidad estatal por omisión y acción

La Corte IDH reconoció que la fuerza pública puso al líder en una situación de riesgo extremo, lo que obligó a Zapata a desplazarse forzosamente a la ciudad de Medellín en 1998. "Pese a que el Estado estaba informado de la persecución y amenazas en contra del señor Zapata, no tomó ninguna acción para lograr el cese de las mismas ni para determinar a los responsables", señaló el tribunal en su fallo.

El juez Mudrovitsch agregó que el Estado colombiano también es responsable por las violaciones a los derechos de los familiares de Jesús Ramiro, "derivadas de la falta de diligencia en el proceso de investigación posterior a su muerte". La Corte encontró múltiples elementos probatorios que demuestran que el Estado vulneró:

  • El derecho a la vida de Jesús Ramiro Zapata
  • Su derecho a la integridad personal
  • El derecho a la libertad personal
  • El derecho a la protección y dignidad
  • Las garantías judiciales y protección judicial

Un contexto de violencia contra defensores de derechos humanos

El tribunal determinó que el asesinato de Zapata ocurrió en un contexto de violencia sistemática contra quienes ejercían la defensa de derechos humanos en Colombia. Aunque el Estado reconoció que Zapata era un defensor de derechos humanos y que se realizaron actos de inteligencia ilegales y hostigamientos en su contra, nunca adoptó medidas para garantizar las condiciones de seguridad necesarias para que el docente ejerciera libremente su labor.

En cuanto al derecho al trabajo, la Corte observó que, antes de su muerte, el docente fue suspendido provisionalmente de sus labores durante 90 días sin derecho a remuneración, para luego ser reincorporado a su cargo en Segovia, lo que constituyó otra vulneración a sus derechos.

Reparaciones ordenadas por la Corte IDH

La sentencia establece una serie de medidas de reparación que el Estado colombiano debe cumplir:

  1. Investigar, impulsar, dirigir y concluir, en un plazo razonable, las actuaciones para esclarecer los hechos de violencia, amenazas, intimidaciones y hostigamientos en contra de Jesús Ramiro Zapata
  2. Sancionar a los responsables de estos actos
  3. Realizar una recopilación de la información relacionada con el sindicalista para garantizar la eliminación de sus datos en archivos de inteligencia
  4. Realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional
  5. Instalar una placa en tributo a Jesús Ramiro en Santo Domingo Savio, la última escuela donde ejerció como profesor
  6. Elaborar y difundir un documental audiovisual sobre su labor como defensor de derechos humanos

La Corte IDH aseveró que supervisará el cumplimiento de esta sentencia, en un caso que por más de 26 años estuvo en la impunidad, marcando un precedente importante en la protección de defensores de derechos humanos en Colombia.