Corte Constitucional ordena recuperar territorio ancestral del pueblo Sikuani en el Meta
Corte ordena recuperar territorio ancestral Sikuani en Meta

Corte Constitucional adopta medidas urgentes para pueblo indígena desplazado en el Meta

La Corte Constitucional de Colombia ha emitido un fallo histórico que busca proteger los derechos territoriales del pueblo indígena Barrulia Sikuani en el departamento del Meta. En un auto de 71 páginas, el alto tribunal ordenó la recuperación inmediata del predio Cuba Libre, considerado territorio ancestral de esta comunidad, compuesta por aproximadamente 600 personas, incluyendo 243 niños y 22 adultos mayores.

Una situación humanitaria crítica

Desde junio de 2024, cerca de 591 miembros de la comunidad Sikuani han vivido en condiciones precarias en el polideportivo Unuma del municipio de Puerto Gaitán. Esta situación de desplazamiento forzado motivó la acción de tutela presentada por el pueblo indígena, alegando la imposibilidad de acceder a su territorio ancestral debido a décadas de violencia y procesos de colonización.

La comunidad seminómada ha sufrido históricamente diversos episodios de violencia, incluyendo:

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  • La masacre de Las Planas en 1969
  • Enfrentamientos con guerrillas liberales en los años cuarenta
  • Procesos de colonización y cercamiento a finales del siglo XX

El conflicto territorial con menonitas y empresas agrícolas

El 6 de junio de 2024, la Agencia Nacional de Tierras (ANT) reconoció que los predios Cuba Libre y Campoalegre pertenecen al pueblo Barrulia. Sin embargo, el territorio ancestral quedó rodeado por terrenos de la comunidad menonita, que hace presencia en la zona desde hace más de una década, y por la empresa Aliar-La Fazenda.

Según la Corte Constitucional, ambos actores han negado sistemáticamente el acceso a los sikuani a su territorio, instalando obstáculos físicos y exigiendo autorizaciones previas para transitar por los caminos que conducen hacia Cuba Libre.

Las órdenes específicas del alto tribunal

La Corte estableció medidas concretas para garantizar los derechos del pueblo indígena:

  1. La ANT debe recuperar el predio Cuba Libre con acompañamiento de la Policía Nacional y el Ejército
  2. Menonitas y la empresa Aliar deben garantizar el paso al predio para la comunidad Barrulia
  3. En caso de no retirar voluntariamente los obstáculos, la ANT, Policía y Alcaldía de Puerto Gaitán procederán a removerlos
  4. La Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas debe acompañar el retorno seguro de la comunidad

Posiciones encontradas en el conflicto

La Defensoría del Pueblo expresó su preocupación por "la ausencia de voluntad de diálogo" de quienes ocupan los predios circundantes y alertó sobre expresiones de los menonitas que "revelan un desconocimiento de la cosmovisión indígena".

Por su parte, la comunidad menonita, representada por Abran Wall Fehr, solicitó ser desvinculada de la acción de tutela, argumentando que se asentaron de manera "sana, pacífica y respetuosa" y que han sufrido amenazas y daños por parte de los indígenas.

Las empresas involucradas, incluyendo Agropecuaria Aliar S.A., sostienen que el predio El Brasil es de propiedad privada y que cualquier acceso debe definirse mediante un proceso judicial de servidumbre.

El trasfondo histórico del conflicto

El predio El Brasil, de más de 16.000 hectáreas y actualmente ocupado por grupos empresariales, perteneció en los años noventa a Víctor Carranza, "el zar de las esmeraldas". Denunciantes han señalado que no se tuvieron en cuenta investigaciones sobre posibles vínculos del predio con el paramilitarismo, incluyendo su presunta conexión con la masacre de Mapiripán en 1997.

Este fallo de la Corte Constitucional representa un avance significativo en la protección de los derechos territoriales de los pueblos indígenas en Colombia, estableciendo precedentes importantes para casos similares en todo el territorio nacional.

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