Cambio de puesto de votación en Bogotá: plazos y centros comerciales habilitados
En la recta final del calendario electoral, la Alcaldía Mayor de Bogotá ha realizado un llamado urgente a los ciudadanos para que realicen la inscripción de cédula o el cambio de puesto de votación antes del 31 de marzo de 2026, fecha límite establecida para este proceso administrativo esencial previo a las elecciones presidenciales programadas para el próximo 31 de mayo del mismo año.
Importancia del procedimiento
De acuerdo con las autoridades distritales, este trámite resulta fundamental para aquellas personas que han cambiado de residencia recientemente o que simplemente desean votar en un lugar más cercano a sus hogares. La medida busca optimizar los tiempos de desplazamiento hacia los puestos de votación y garantizar una participación ciudadana más amplia y accesible en las urnas.
Estas acciones se implementan con base en el calendario electoral definido por la Registraduría Nacional del Estado Civil, mediante la Resolución 2580 de 2025, con el objetivo primordial de salvaguardar el derecho al voto de todos los colombianos y fortalecer el compromiso institucional con los principios democráticos del país.
Puntos habilitados para el trámite
Los ciudadanos interesados en modificar su puesto de votación deben acudir personalmente con su documento de identidad original a cualquiera de los puntos dispuestos por la entidad en la capital. "Esta medida busca facilitar el acceso de la ciudadanía al trámite, reducir los tiempos de desplazamiento y ofrecer un servicio más ágil y eficiente", explicó la Alcaldía en un comunicado oficial emitido el pasado 22 de marzo.
En Bogotá, los ciudadanos pueden realizar este proceso en los siguientes nueve centros comerciales estratégicamente ubicados:
- Centro Mayor
- Gran Estación
- Titán Plaza
- Unicentro
- Multiplaza
- Portal 80
- Santafé
- Paseo Villa del Río
- Edificio Bacatá
Recomendaciones y verificaciones previas
Antes de dirigirse a cualquiera de estos puntos de atención, que operan en horario de 8:00 a.m. a 4:00 p.m., la Registraduría recomienda verificar el puesto de votación actual ingresando al portal oficial registraduria.gov.co/censo/consultar/ y digitando el número de cédula correspondiente.
Es importante destacar que este procedimiento no es necesario para quienes ya votaron en su lugar habitual durante las pasadas elecciones del 8 de marzo y no han cambiado de domicilio, ya que su inscripción permanece vigente automáticamente para los próximos comicios presidenciales.
Calendario electoral complementario
De acuerdo con lo establecido por la Registraduría, estas son algunas fechas cruciales en la recta final del proceso que definirá al 36° presidente de Colombia:
- 30 de abril: Vence el plazo para modificar candidaturas revocadas por causas constitucionales, legales, inhabilidad sobreviniente o evidenciada con posterioridad a la inscripción.
- 16 de mayo: Fecha límite para la designación de jurados de votación para las elecciones presidenciales.
- 21 de mayo: Publicación oficial de las listas de jurados de votación para la Presidencia de la República.
Finalmente, cabe recordar que si tras los resultados del 31 de mayo ningún candidato alcanza el umbral de votos requerido por la ley colombiana, el país deberá acudir nuevamente a las urnas. Bajo este escenario, la Registraduría ha establecido el 21 de junio de 2026 como fecha definitiva para realizar la eventual segunda vuelta presidencial.



