Gobierno ordena transferencia del 2% a generadoras de energía para financiar crisis invernal
Gobierno ordena 2% extra a generadoras por crisis invernal

Gobierno ordena transferencia del 2% a generadoras de energía para financiar crisis invernal

En medio de la declaratoria de estado de emergencia económica, social y ecológica por las graves inundaciones que azotan el norte del país, el Gobierno nacional ha expedido el Decreto 0177 del 24 de febrero de 2026, que obliga a las empresas generadoras de energía hidroeléctrica y termoeléctrica en cuencas hidrográficas afectadas a transferir un 2% adicional de sus ventas brutas para financiar la respuesta a la crisis. Esta medida, que se aplicará durante seis meses, impacta directamente a operaciones en los departamentos de Córdoba, Antioquia, La Guajira, Sucre, Bolívar, Cesar, Magdalena y Chocó, regiones duramente golpeadas por la ola invernal.

Fundamento legal y constitucional de la medida

María Camila Aponte, senior counsel en la firma Holland & Knight, explicó los pilares jurídicos de esta medida. "Los estados de excepción, como el actual de emergencia económica, social y ecológica, están regulados en el artículo 215 de la Constitución Política. Esto permite al Presidente expedir decretos con fuerza de ley para gestionar la crisis, siempre con la firma de todos los ministros y cumpliendo requisitos estrictos", señaló.

La experta resaltó que la jurisprudencia de la Corte Constitucional exige que estos decretos mantengan una conexidad directa con la crisis, sean necesarios y proporcionales, no excedan los 30 días (prorrogables) y sean temporales. "Todos los decretos pasan por un control automático de constitucionalidad por la Corte, lo que garantiza su revisión inmediata", agregó.

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Naturaleza de la transferencia y precedentes históricos

Aponte analizó la naturaleza de la transferencia del 2% impuesta en el parágrafo 4 transitorio del artículo 11 del decreto. "Parece más una modalidad de tributo, ya que es obligatoria para todas las empresas en las cuencas afectadas, sin contraprestación directa y con el fin de financiar un gasto público. Podría categorizarse como un impuesto temporal con destinación específica", indicó.

Esta clasificación la diferencia de contribuciones parafiscales o cargas regulatorias, aunque su obligatoriedad y enfoque en la crisis la asemejan a herramientas fiscales de emergencia. La medida no es inédita. Aponte recordó casos como la emergencia por COVID-19 en 2020, donde se implementaron exenciones temporales de IVA para productos de salud, o la ola invernal de 2010-2011, que incluyó un nuevo impuesto temporal al patrimonio y una sobretasa.

Riesgos de litigio y cuestionamientos constitucionales

La imposición podría generar controversias legales. "Es altamente probable que se interpongan demandas, como acciones públicas de inconstitucionalidad, ya que afecta directamente los ingresos de las empresas", alertó Aponte. Además, la Corte Constitucional realizará un control automático, pudiendo declarar la medida inexequible si no se cumplen los criterios.

Para mitigar esto, la experta recomendó que el Gobierno fortalezca la motivación del decreto: "Debe probar la conexidad con la ola invernal, la necesidad (ausencia de alternativas menos gravosas), la proporcionalidad del 2% y su temporalidad de seis meses como adecuada para la crisis".

Impacto en el sector energético y destino de los fondos

Representantes del sector energético han expresado preocupación por el impacto en sus operaciones, argumentando que podría elevar costos y afectar la competitividad. No obstante, defensores de la medida la ven como un acto de solidaridad necesario ante la magnitud de la emergencia, que ha desplazado a comunidades enteras y sobrecargado los sistemas de salud y vialidad en los departamentos mencionados.

El decreto busca movilizar recursos adicionales para mitigar los daños causados por las inundaciones, que han dejado miles de damnificados, pérdidas agrícolas millonarias y afectaciones en infraestructuras críticas. Según estimaciones preliminares del Gobierno, las transferencias podrían generar fondos por varios cientos de miles de millones de pesos, destinados a la reconstrucción y apoyo humanitario en las zonas afectadas.

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El Gobierno ha asegurado que los fondos serán administrados con transparencia a través de entidades como la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), y que se rendirán cuentas públicas sobre su uso. Mientras tanto, la Corte Constitucional ya ha iniciado la revisión del decreto, con un fallo esperado en las próximas semanas.