Presidente Petro enfrenta cuestionamientos por participación política activa
El presidente de la República, Gustavo Petro, continúa generando controversia por su persistente participación en actividades políticas, lo que según expertos constitucionales omite inexcusablemente el deber fundamental que tiene como jefe del Estado de garantizar la imparcialidad institucional durante los procesos electorales.
El deber constitucional de imparcialidad
Como representante legal y presidente ejecutivo de la nación, el mandatario tiene la obligación constitucional de asegurar que la competencia por los cargos de elección popular, especialmente aquellos del Poder Ejecutivo como la Presidencia y Vicepresidencia, no sea interferida por quien controla las Fuerzas Militares y demás órganos de mando del Estado.
El más reciente incidente ocurrió la semana pasada, después de que se revelaron varios nombres de aspirantes a la Vicepresidencia que compiten con los candidatos de su preferencia política. Sin mencionar expresamente a Juan Daniel Oviedo, fórmula vicepresidencial de una de sus principales opositoras, el primer mandatario utilizó su cuenta de X para tomar posición claramente en contra de estos candidatos.
La polémica publicación en redes sociales
En un extenso trino, Petro criticó a sus "... amigos y amigas de los barrios populares del sur de Bogotá y del occidente..." que votaron en la consulta del pasado domingo por "... el que les pareció el menos derechoso de la manada solo porque habló bien..." de él. El presidente agregó que "... Aquí estamos es para defender el salario vital a como dé lugar. Es la vida de la familia, de los hijos y del prójimo. Lo demás son plumas y lentejuelas que esconden a los vampiros".
La reacción del candidato tácitamente aludido no se hizo esperar. Tan solo seis horas después de la publicación presidencial, Juan Daniel Oviedo respondió mostrando claramente el daño que, según su perspectiva, esta intervención propina al deber de encarnar la unidad nacional que debe caracterizar a un presidente.
La distinción entre sistemas políticos
Es válido que un mandatario pretenda que su obra de gobierno se perpetúe mediante la elección de alguno de sus copartidarios, pero este papel tiene dos vertientes completamente diferentes dependiendo del sistema político:
- En sistemas parlamentarios: La participación pública y directa en campañas electorales por parte del jefe de Gobierno (primer ministro) es esencial y está plenamente permitida.
- En sistemas presidencialistas: Esta participación no está permitida, pues el presidente cumple simultáneamente las funciones de jefe de Estado y jefe de Gobierno, con la obligación primordial de actuar con imparcialidad durante los debates electorales.
Las implicaciones constitucionales
Si el presidente Petro considera que su rol no incluye el de jefe de Estado, sino solamente el de Gobierno, tendría que promover un cambio del sistema político colombiano mediante la vía constitucional correspondiente. Esto sería necesario para romper su juramento de mantener la imparcialidad como símbolo de la unidad nacional que representa.
Sin embargo, mientras Colombia continúe siendo un sistema presidencialista, el deber del mandatario de cumplir y hacer cumplir la Constitución en materia electoral lo expone a posibles sanciones propias de su cargo. Estas sanciones podrían fundamentarse en indignidad o mala conducta en el ejercicio de sus funciones, según establecen las normas constitucionales y legales que rigen el comportamiento presidencial durante procesos electorales.
La persistencia del presidente en no representar a la totalidad de los colombianos, como es su principal deber por su condición de jefe de Estado, genera preocupación entre sectores políticos y académicos que observan con atención el desarrollo de los procesos democráticos en el país.



